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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 2127/2003 de 15 de Febrero de 2005
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Orden: Administrativo
Fecha: 15 de Febrero de 2005
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GONZALEZ RIVAS, JUAN JOSE
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130072005100020
Resumen
Estima el TS el recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra los autos que reconocieron la extensión de efectos de la sentencia de 9 de octubre de 2001 en el recurso contencioso-administrativo nº 1421/98, toda vez que el primero de los requisitos del art. 110 Ley 29/1998 para extender los efectos de la sentencia es la identidad de la situación jurídica entre los interesados, supuesto que no concurre en este caso, pues no impugnó en vía administrativa la resolución que debe considerarse acto firme y consentido. El texto de la norma es claro y no necesita interpretarse a la vista del primitivo proyecto. Las situaciones jurídicas deben ser no iguales o equivalentes sino idénticas y no son idénticas dichas situaciones cuando el actor interpuso recurso contencioso- administrativo en tiempo contra un determinado acto administrativo y un tercero consiente dicha resolución y, cuando conoce que el recurso promovido por aquél había prosperado, trata de prescindir de ese consentimiento prestado a la resolución administrativa, al no recurrirla, pretende reabrir el plazo para conseguir los mismos efectos que si la hubiesen impugnado en tiempo y acude para ello al artículo 110 de la Ley de la Jurisdicción.
Voces
Intereses legales
Jurisdicción contencioso-administrativa
Actos firmes
Sentencia firme
Actos expresos
Seguridad jurídica
Actos consentidos
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a quince de Febrero de dos mil cinco.
Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación nº 2127/2003 …
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