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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 2079/1999 de 15 de Mayo de 2003
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 15 de Mayo de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MAURANDI GUILLEN, NICOLAS ANTONIO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130072003100223
Resumen
El TS confirma en casación la sentencia de instancia que anulaba el acuerdo municipal que denegó convocatoria de Pleno para debatir la moción de censura que fue presentada por los concejales demandantes, pues con ello se estaba vulnerando el derecho fundamental previsto en el art. 23 de la CE. Y es que es correcto el criterio de la sentencia recurrida de que resultando innecesaria la motivación del escrito de proposición de la moción de censura resulta innecesaria la prueba dirigida a acreditar ese extremo, por lo que su denegación no puede considerarse incorrecta ni causante de indefensión.
Voces
Expropiación especial
Corporaciones locales
Ciudadanos
Régimen electoral general
Indefensión
Responsabilidad
Acuerdo municipal
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a quince de Mayo de dos mil tres.
Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores arriba anotados, el …
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