Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 7079/2000 de 21 de Diciembre de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 21 de Diciembre de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ROBLES FERNANDEZ, MARGARITA
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130062004100607
Resumen
Desestima el TS el recurso interpuesto, toda vez que la modificación del PGM fue publicada en forma, lo que impone como consecuencia lógica que no pueda considerarse infringido el principio de publicidad de los planes a que el actor se refería, en relación con los arts. 164 y ss. del Rgto. Planeamiento y en consecuencia no puede considerarse nula de pleno derecho la modificación del PGM a que nos venimos refiriendo y que modificaba la calificación establecida en el PGM de 1976 en que su finca estaba calificada de zona de conservación de la estructura urbana y edificatoria con previsión de que resultaría afectada con un vial y el resto tendría una edificabilidad de planta baja más un piso mientras que en la modificación de 1994 se la calificaba de parque urbano de futura creación. Para el recurrente este cambio obedecería a un mero criterio especulativo del Ayuntamiento, que habría olvidado el principio de la justa distribución de beneficios y cargas aplicable a toda actuación urbanística y considera que el "ius variandi" no exime de motivar en la Memoria del Planeamiento una justificación suficiente y rigurosa de las razones de una actuación urbanística. En el caso de autos la Administración se limitó a ejercitar la potestad innovadora o "ius variandi" que le corresponde, facultad que es inherente a la función planificadora, en cuanto la misma es dinámica y debe adaptarse a las exigencias cambiantes de la realidad, y que en el presente caso se fundamenta por el Ayuntamiento en la necesidad de adaptar las condiciones de edificación definidas por el Plan General, a una zona de casco antiguo y subzona de sustitución de la edificación antigua, respetando las características tradicionales y preexistentes en el barrio, en especial, su condición de conjunto urbanístico unitario. Es obvio, pues, que debe rechazarse la arbitrariedad aducida por el recurrente.
Voces
Calificación urbanística
Indefensión
Proyectos de urbanización
Expediente expropiatorio
Procedimiento expropiatorio
Declaración de utilidad pública
Nulidad de pleno derecho
Declaración de la necesidad de ocupación
Falta de legitimación
Inicio del expediente expropiatorio
Acción urbanística
Ejecuciones de obras
Obras públicas
Equidistribución urbanística
Subsanación de errores
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Diciembre de dos mil cuatro.
Visto por la Sala Tercera, Sección Sexta del Tribunal Supremo constituida por los señores al margen anotados …
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