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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 496/2001 de 16 de Marzo de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 16 de Marzo de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTI GARCIA, ANTONIO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130042004100599
Núm. Ecli: ES:TS:2004:1798
Resumen
Con base en lo dispuesto en el art. 86,4 LJ, que las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso Administrativo de los TSJ sólo serán recurribles en casación, si el recurso pretende fundarse en infracción de normas de derecho estatal o comunitario, que sean relevantes y determinantes del fallo y se hubieran oportunamente aducido, es claro que esa exigencia sería aplicable al supuesto de autos, en razón a que se trata de una resolución dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid, y en nada empece a que esta resolución sea un auto, pues como se ha visto esta sujeto, por exigencia legal a los mismos presupuestos establecidos para las sentencias. Y en base a ello procede desestimar la alegación que el recurrente hizo en el trámite de audiencia abierto sobre la posible inadmisibilidad del recurso de casación, pues el recurrente se limitó, en este tramite, a señalar que era distinto el régimen establecido para las sentencias que el establecido para los autos, y que por ello no era aplicable al supuesto de autos la exigencia y requisitos establecidos por el art. 86,4 LJ, pues es similar el régimen establecido por la Ley para autos y sentencias, y por ello y por tratarse en el caso de autos de un auto, dictado por la citada Sala, estaba y está sujeto a lo dispuesto en el meritado precepto.
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SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Marzo de dos mil cuatro.
Visto por la Sección Cuarta de la Sala Tercera, compuesta por los Excmos. Sres. Magistrados citados del margen, …
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