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Sentencia Administrativo Nº 711, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 5559 de 12 de Mayo de 2000
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Mayo de 2000
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: CONDE NUñEZ, MANUEL
Nº de sentencia: 711
Resumen
En el expediente administrativo debía obrar la resolución
original dictada por el Gobernador Civil, o la resolución firmada por él, y en
la que haga suya la propuesta de resolución o de sanción; sin embargo no existe
resolución alguna firmada por el Gobernador Civil, y si solamente, en el
expediente de recurso contencioso-administrativo, presentado por el demandante,
un acto de comunicación en el que se hace constar que en el presente expediente
se ha acordado por la Autoridad Sancionadora de la provincia (sin señalar quien
es tal autoridad) la resolución del tenor literal siguiente). Por tanto, al
faltar la resolución sancionadora, sin que pueda decirse que queda subsanada su
ausencia por la resolución dictada en vía de recurso ordinario pues la misma se
construye sobre un acto inexistente, procede la estimación del recurso y la
anulación de las resoluciones impugnadas por no ser conformes a derecho.Se
estima el recurso.
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RECURSO 02 10005559 /1997 (Tráfico)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 711 2.000
Iltmos. …
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