Sentencia Administrativo ...re de 2004

Última revisión
15/10/2004

Sentencia Administrativo Nº 698/2004, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 458/2001 de 15 de Octubre de 2004

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 15 de Octubre de 2004

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: QUIROGA VAZQUEZ, MANUEL

Nº de sentencia: 698/2004

Núm. Cendoj: 08019330032004100561

Resumen
El TSJ estimando en parte el recurso contencioso administrativo promovido por la entidad recurrente, contra el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Barcelona que denegó la ampliación y reforma de una gasolinera, en el solo sentido de declarar nulo y sin fin efecto alguno el apartado primero, suspendiendo la solicitud de autorización y requiriendo a la actora la aportación de determinada documentación, y desestimando la pretensión de nulidad del apartado segundo que se confirma. Esta Sección ha venido sosteniendo que el otorgamiento de licencias, en los términos del art. 248 del T.R. de 1.990, para el caso de suelo no urbanizable, que el procedimiento adecuado es el recogido en los arts 127.1.b), 128 y 44. 2 del Reglamento de Gestión Urbanística siempre que sea necesaria una valoración de la utilidad pública o interés social de la instalación o actividad proyectada, y en este supuesto es cuando la normativa aplicable requiere dos actos autorizatorios sucesivos emanados de competencias concurrentes; por un lado, la autorización de la Comisión de Urbanismo y, por otro, el Ayuntamiento correspondiente al término municipal donde se ubique la instalación mediante el procedimiento del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales que corresponda en atención a lo que disponen los arts 247 y 248 del D-Legislativo 1/90, de 12 de julio; sin embargo, cuando se trate de instalaciones y construcciones vinculadas a la ejecución, entretenimiento y servicio de obras públicas, como es una gasolinera, en atención a la jurisprudencia reseñada es llano que la licencia a otorgar es de exclusiva competencia municipal, sin estar sujeta a la previa autorización autonómica. Por el contrario, sí concurre el supuesto de necesidad de ambas autorizaciones en suelo no urbanizable respecto a la denegación de la instalación del túnel de lavado.

Voces

Estaciones de servicio

Obras públicas

Suelo no urbanizable

Gestión urbanística

Desestimación presunta

Licencias municipales

Utilidad pública

Interés social

Otorgamiento de la licencia

Licencia de obras

Actividades clasificadas

Corporaciones locales

Interés publico

Suelo rústico

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Recurso nº 458/01

Partes :

EL DRAC, S.L. (actor)

CONSEJERIA DE POLITICA TERRITORIAL I OBRES …

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