Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 612/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 753/2002 de 01 de Junio de 2005
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Orden: Administrativo
Fecha: 01 de Junio de 2005
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: ZARZALEJOS BURGUILLO, JOSE IGNACIO
Nº de sentencia: 612/2005
Núm. Cendoj: 28079330052005100554
Resumen
El TSJ estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Cámara recurrente, anula la resolución que estimó la reclamación deducida contra las liquidaciones del recurso cameral permanente giradas por la Cámara, confirmando las liquidaciones practicadas. Entiende la Sala que para tener la condición de elector de las Cámaras y estar obligado al pago del recurso cameral, la persona física o jurídica debe estar sujeta al Impuesto sobre Actividades Económicas por razón de su actividad comercial, industrial o naviera.
Voces
Impuesto sobre Actividades Económicas
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Liquidación girada
Valor negociable
Propiedad industrial
Actividad agrícola
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00612/2005
Recurso núm. 753/2002
PROCURADOR: D. CARLOS JIMÉNEZ PADRÓN
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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