Sentencia Administrativo ...io de 2005

Última revisión
02/06/2005

Sentencia Administrativo Nº 527/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 1376/2000 de 02 de Junio de 2005

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 02 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: PEREZ BORRAT, MARIA LUISA

Nº de sentencia: 527/2005

Núm. Cendoj: 08019330042005100521

Resumen
El TSJ confirma la Resolución de la Dirección General de la Policía que desestimó la solicitud del actor de devengo de 15.000 ptas. prevista en el Acuerdo Sindical. Entiende la Sala que el sistema de productividad, a partir de 1998, contempla, salvo excepciones transitorias, la percepción de una sola cantidad por productividad, que de percibirse turnos rotatorios en cuantía superior a 15.000 ptas./mes respeta lo anterior y de ser inferior se perciben 15.000 ptas./mes, a lo que se une la productividad funcional que se percibe por áreas y cuantías, conjuntamente con la turnicidad, estableciendo un abanico que va desde 26.000 ptas/mes a un mínimo de 5.000 ptas./mes. El Acuerdo sindical no entraba en vigor hasta el 1 de marzo de 1996, fecha a partir de la cual pasó de cobrar 39,07 euros al mes a cobrar 90.15 euros mensuales. Con anterioridad por Acuerdo de 22 de febrero de 1989, se dispuso el abono de 6.500 ptas. Mensuales.

Voces

Seguridad Ciudadana

Funcionarios públicos

Cuerpos y fuerzas de seguridad

Responsabilidad

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Recurso nº 1376/2000

SENTENCIA nº 527/2005

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

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