Sentencia ADMINISTRATIVO ...ro de 2022

Última revisión
27/01/2022

Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 5/2022, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1563/2020 de 10 de Enero de 2022

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Enero de 2022

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: NAVARRO SANCHIS, FRANCISCO JOSE

Nº de sentencia: 5/2022

Nº de recurso: 1563/2020

Núm. Cendoj: 28079130022022100001

Núm. Ecli: ES:TS:2022:15

Núm. Roj: STS 15:2022

Resumen
Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Donación inter vivos de empresa familiar, a través de la entrega de títulos representativos de su capital, que viene constituida, en parte de su valor, por activos representativos de la participación en fondos propios de una entidad tercera. Interpretación del artículo 20.6 de la Ley 29/1987, del Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Es posible la reducción del 95 por 100 de la base imponible. La procedencia de tal reducción establecida en el artículo 20.6LISD está condicionada, por la propia remisión que se establece al artículo 4, Ocho, de la Ley 19/1991, del Impuesto sobre el Patrimonio, a la prueba de la afección de tal inversión a la actividad económica de la empresa.El hecho de que parte del valor de lo donado, en los términos del artículo 20.6LISD, venga constituido por la participación de la entidad objeto de la donación de empresa familiar en el capital de otras empresas o por la cesión de capitales no es un obstáculo, per se, para la obtención de la reducción, siempre que se acredite el requisito de la afección a los fines empresariales. En particular, las necesidades de capitalización, solvencia, liquidez o acceso al crédito, entre otros, no se oponen a esa idea de afectación. 4) El artículo 6.3 del Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, que determinan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y de las participaciones en entidades para la aplicación de las exenciones correspondientes en el Impuesto sobre el Patrimonio, es conforme a la Ley 19/1991, que regula este último y a la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, sin que contradiga tampoco el artículo 27.1.c) de la Ley 40/1998, aun para el caso de que éste fuera aplicable en este asunto.

Voces

Actividades económicas

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Actividades empresariales

Inversiones financieras

Fondos propios

Exenciones Impuesto sobre el Patrimonio

Elementos patrimoniales

Impuesto sobre el Patrimonio

Afectación de elementos patrimoniales

Beneficios fiscales

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Actividades empresariales y profesionales

Patrimonio mobiliario o inmobiliario

Rendimientos de actividades económicas

Interés casacional

Valor de adquisición

Beneficios no distribuidos

Inter vivos

Mortis causa

Vivienda habitual

Cuenta contable

Prueba en contrario

Ejercicio social