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Sentencia Administrativo Nº 484/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 487/2005 de 23 de Mayo de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 23 de Mayo de 2008
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: BERLANGA RIBELLES, EMILIO VICENTE
Nº de sentencia: 484/2008
Núm. Cendoj: 08019330022008100473
Resumen
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Barcelona, sobre interposición extemporánea de recurso. El recurso contencioso-administrativo impugnado es uno de los que fueron desacumulados de un recurso anterior, que fue interpuesto dentro de plazo. En los supuestos en que está en juego el derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de derecho de acceso a la jurisdicción el canon de enjuiciamiento constitucional de las decisiones de inadmisión ha de verificarse en forma especialmente intensa, dado que rige en estos casos el principio pro actione. No se puede entrar a resolver sobre el fondo del asunto, ya que la resolución que se recurre es un auto, y no una sentencia, y el Tribunal es incompetente, por razón de la cuantía, para conocer en segunda instancia de las pretensiones deducidas por la recurrente en este proceso.
Voces
Plazo de caducidad
Actos firmes
Derecho a la tutela judicial efectiva
Principio pro actione
Fondo del asunto
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA. BARCELONA
Recurso de apelación nº 487/2005
Partes: DIAMOND CLUSTER INTERNATIONAL, S.L.
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