Última revisión
22/05/2008
Sentencia Administrativo Nº 478/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 376/2005 de 22 de Mayo de 2008
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 22 de Mayo de 2008
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: MORATO-ARAGONES PAMIES, JORDI
Nº de sentencia: 478/2008
Nº de recurso: 376/2005
Núm. Cendoj: 08019330022008100467
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona, sobre solicitud de renovación de permiso de trabajo. Al efecto de estimar o no producida continuidad en la relación laboral sirve primordialmente el periodo de vigencia del permiso que se trata de renovar, así como la regularidad laboral en periodos anteriores al permiso a renovar y la acreditada seriedad de una oferta nueva de trabajo. En el presente caso, el solicitante ha acreditado la continuidad en la relación laboral, lo que implica la habitualidad requerida para la renovación del permiso de trabajo a los efectos del art. 38 LO 4/2000.
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