Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 477/2006, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 789/2003 de 26 de Mayo de 2006
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 26 de Mayo de 2006
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: RUBIRA MORENO, ANA
Nº de sentencia: 477/2006
Núm. Cendoj: 08019330032006100860
Resumen
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución dictada por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes, sobre adjudicación de fincas procedentes de una reparcelación. En materia de responsabilidad patrimonial, el derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En el caso de autos, tras la solicitud de adjudicación de una de las fincas resultantes de la reparcelación, el 20 de noviembre de 2000 se adopta un acuerdo denegando la pretensión de la actora, resolución notificada el 2 de enero de 2001. Presentada el 23 de enero de 2003 la solicitud de indemnización por la no adjudicación de una finca resultante, es de ver que en esa fecha había transcurrido en exceso el plazo de un año. No cabe estar a la fecha en la que se presenta la solicitud de información sobre la reparcelación, puesto que la recurrente ya tenía conocimiento de la no adjudicación de una parcela resultante del Proyecto de reparcelación.
Voces
Proyecto de reparcelación
Reparcelación
Falta de notificación
Responsabilidad
Bienes inmuebles
Mala fe
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Recurso nº 789/2003
SENTENCIA Nº 477/2006
ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS:
DON JOSE …
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