Sentencia Administrativo ...ro de 2005

Última revisión
21/01/2005

Sentencia Administrativo Nº 42/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 884/2000 de 21 de Enero de 2005

Tiempo de lectura: 10 min

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Enero de 2005

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BERTRAN CASTELLS, JUAN

Nº de sentencia: 42/2005

Núm. Cendoj: 08019330012005100067

Resumen:
La cuestión litigiosa consiste en determinar si la actividad de liquidación y pago realizada por el sujeto pasivo sustituto del impuesto del juego del bingo está o no gravada por el IVA. El denominado premio de cobro o de cobranza no imprime carácter oneroso a la actividad del sujeto pasivo sustituto del contribuyente, y ello a la luz de la propia jurisprudencia comunitaria, que dispone ?que las operaciones imponibles implican la existencia de una transacción entre partes y que se haya pactado un precio o un contravalor; que una prestación de servicios sólo es imponible si existe una relación directa entre el servicio prestado y la contraprestación recibida; que una prestación de servicios sólo se realiza a "título oneroso". Pues bien, ninguna de las notas que acabamos de extraer de la jurisprudencia comunitaria se dan en el caso que nos ocupa. Así, no hay transacción o pacto ni precio convenido, sino que existe una relación jurídica nacida de la ley, que otorga el denominado premio de cobranza, ni existe una relación directa entre la actividad de autoliquidación y pago del sujeto pasivo sustituto y el premio de cobro. Por último, tampoco cabe hablar de intercambio de prestaciones recíprocas ni de contravalor efectivo del servicio prestado: lo que hay es, sencillamente, el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias nacidas de la misma ley, que arbitra el llamado premio de cobro con un carácter compensatorio o de estímulo a la recaudación, sin que dicho premio determine la onerosidad de la prestación, no siendo posible hablar en el caso de prestaciones recíprocas o sinalagmáticas. Lo expuesto determina la anulación de la resolución del TEAR impugnada.

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO ORDINARIO (LEY 1998)884/2000

Partes: MORAMAR, S.A. C/ TEARC

S E N T E N C I A Nº 42

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONES BELTRAN

MAGISTRADOS

D. JUAN BERTRAN CASTELLS

DÑA. Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA

En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de enero de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOS...

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