Sentencia Administrativo ...yo de 2011

Última revisión
24/05/2011

Sentencia Administrativo Nº 414/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 228/2010 de 24 de Mayo de 2011

Tiempo de lectura: 18 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Mayo de 2011

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: TABOAS BENTANACHS, MANUEL

Nº de sentencia: 414/2011

Núm. Cendoj: 08019330032011100552

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2011:8686

Resumen:
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE UN PARQUE EÓLICO.- Resolución por la que se tiene por desistida de la solicitud a la recurrente.- Parecer cambiante de la Administración, que no puede estimarse procedente a los efectos del artículo 71 de la Ley 30/1992.- Se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución por la que se tiene por desistida a la recurrente de solicitud de autorización de un Parque Eólico.La Sala declara que el parecer cambiante de la Administración que, primero, en sede de requerimiento y resolución de desistimiento, se orbita en la dualidad de la necesidad de acreditar que o bien se disponía de un contrato de acceso entre el peticionario del parque eólico y la empresa titular de la red eléctrica, ya sea de transporte o de distribución según determina el Título IV del Real Decreto 1955/2000, o bien se invocaba, ni más ni menos y de forma genérica y totalmente indeterminada, la necesidad de disponer de los informes favorables que determina el meritado Título (sic) y a las alturas de la resolución del recurso de alzada descartando la primera indicación, sólo se evidencia la necesidad de atender a un denominado informe favorable sobre el acceso a la red (sic).La técnica empleada a los efectos del requerimiento, reconsiderada en una de sus partes y totalmente indeterminada e imprecisa en la segunda parte, no puede estimarse procedente a los efectos del artículo 71 de la Ley 30/1992.

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

RECURSO Nº: 228/2010

PARTES: COPCISA ELECTRICA, S.L.

C/ GENERALITAT DE CATALUNYA

S E N T E N C I A Nº 414

Ilustrísimos Señores:

MAGISTRADOS

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

D. JOSE MANUEL DE SOLER BIGAS

Dña. ANA RUBIRA MORENO.

BARCELONA, a veinticuatro de mayo de dos mil once.

Visto por la Sec...

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