Sentencia Administrativo ...zo de 2006

Última revisión
16/03/2006

Sentencia Administrativo Nº 401/2006, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 485/2003 de 16 de Marzo de 2006

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Orden: Administrativo

Fecha: 16 de Marzo de 2006

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GALLEGO LAGUNA, JOSE ALBERTO

Nº de sentencia: 401/2006

Nº de recurso: 485/2003

Núm. Cendoj: 28079330052006100257

Resumen
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid confirma las resoluciones impugnadas dictadas por el Consulado General de España en Casablanca por las que se denegó solicitud de visado para reagrupación familiar. Indica la normativa aplicable que el extranjero residente tiene derecho a reagrupar con él en España a los menores de dieciocho años o incapaces cuando el residente extranjero sea su representante legal. En el supuesto de autos el recurrente atiende todas las necesidades vitales de manutención, ropa, medicación, alojamiento y educación, pero no ostenta la representación legal pues no consta que los padres no la sigan ostentando conforme a la legislación de Marruecos.

Voces

Visado de reagrupación familiar

Reagrupación familiar

Derecho a la libre circulación

Extranjero residente

Salida de territorio español

Documentos aportados

Expedición del visado