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Sentencia Administrativo Nº 379/2003, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 2372/2001 de 31 de Marzo de 2003
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Orden: Administrativo
Fecha: 31 de Marzo de 2003
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: ROLDAN HERRERO, ALFREDO
Nº de sentencia: 379/2003
Núm. Cendoj: 28079330012003100402
Resumen
Confirma el TSJ la resolución que denegó al actor el canje de su permiso de conducir austriaco por el español, habida cuenta el permiso que se pretendía canjear no era expedido por Austria, sino que este país había convalidado otro anterior expedido en Estados Unidos. En efecto, la Directiva 91/439 de la Unión Europea establece el canje automático dentro de la Unión, que no rige cuando el que se pretende canjear procede a su vez de un permiso expedido por tercer país extracomunitario, en cuyo caso los países miembros de la Unión no están sujetos a esa obligación. Asimismo, el Preámbulo del RD 772/97 de 30 de mayo, Rgto. General de Conductores, condiciona el canje de permisos procedentes de terceros países a la existencia de acuerdos bilaterales con los países que los canjearon, en este caso Austria. Además, el art. 21 del mismo Reglamento mantiene la validez de los permisos expedidos por los Estados de la Unión Europea en España en las mismas condiciones en que hubieren sido expedidos en el país de origen. En este caso Austria no expidió el permiso, sino que acogió el permiso norteamericano con un certificado expedido por el Automóvil Club de Tirol que expresamente determinaba que tal certificado no podía ser utilizado sin estar amparado por el permiso austriaco.
Voces
Permiso de conducir
Jefatura Provincial de Tráfico
Automóviles de turismo
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO N° 2.372/01
SENTENCIA N° 379
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. …
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