Última revisión
30/04/2003
Sentencia Administrativo Nº 324/2003, Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1149/2000 de 30 de Abril de 2003
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 30 de Abril de 2003
Tribunal: TSJ Murcia
Ponente: CASTILLO RIGABERT, FERNANDO
Nº de sentencia: 324/2003
Nº de recurso: 1149/2000
Núm. Cendoj: 30030330022003100307
Resumen
Se inadmite el recurso contencioso-administrativo presentado, por aplicación de lo dispuesto en el art. 69 de la LJCA, puesto que el recurso se ha interpuesto contra un acto inexistente en el momento de originarse el proceso, ya que, conforme a lo previsto en el art. 142.7 de la Ley 30/1992 y 13.3 del R.D. 429/1993, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento en materia de responsabilidad patrimonial, el silencio negativo sólo se produce por el transcurso de seis meses contados desde el inicio del procedimiento.
Voces
Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Daños y perjuicios
Caída en la vía pública
Ejecuciones de obras
Silencio administrativo negativo
Causa de inadmisión
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