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Sentencia Administrativo Nº 252/2004, Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 140/2003 de 16 de Abril de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 16 de Abril de 2004
Tribunal: TSJ Murcia
Ponente: SAEZ DOMENECH, ABEL ANGEL
Nº de sentencia: 252/2004
Núm. Cendoj: 30030330022004100339
Resumen
Concluye el TSJ que el auto apelado es ajustado a derecho en cuanto no da lugar a la suspensión del acto administrativo impugnado por los propios argumentos contenidos en el mismo que se aceptan y se dan por reproducidos. Hay que tener en cuenta que dicho acto consiste en una convocatoria para la provisión de determinados puestos de trabajo de los grupos C y D de los Cuerpos Generales del Personal Funcionario de la Administración Pública de la Región de Murcia, impugnada por el actor en lo que se refiere a la plaza de Jefe de Sección de Gestión del Juego, y que el mismo pretende que dicho puesto sea retirado de la oferta del mencionado concurso, por entender que la convocatoria no es ajustada a derecho, ni su encuadramiento en el área funcional tributaria, que debe ofertarse con todos los requisitos legales exigidos y con encuadramiento en el área de inspección. Por lo tanto, confrontando los intereses en conflicto, es evidente que debe prevalecer el de carácter público en cubrir dicha plaza, sobre el particular del recurrente, que la ocupa actualmente, en que se oferte con los requisitos que él estima oportunos. Llega la Sala a dicha conclusión en primer lugar porque el apelante no acredita los daños y perjuicios que la convocatoria recurrida le causa., y, en segundo lugar, porque contrariamente a los afirmado por el apelante la denegación de la suspensión no hace perder su finalidad al recurso, ya que de prosperar su pretensión es evidente que aún en el supuesto de que el puesto se adjudique a otro candidato, tal adjudicación quedaría sin efecto y se repondrían las actuaciones al momento en que se cometió la falta, con posibilidad de solicitar los daños y perjuicios que dicha adjudicación, en su caso, le hubiera ocasionado.
Voces
Daños y perjuicios
Funcionarios públicos
Interés publico
Daños o perjuicios de reparación imposible o difícil
Acto administrativo impugnado
Indefensión
Cuestiones de fondo
Fumus bonis iuris
Encabezamiento
4
Este documento está impreso por una sola cara.
ROLLO DE APELACIÓN nº. 140/03
SENTENCIA nº. 252/04
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCIÓ…
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