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Sentencia Administrativo Nº 1155, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 6584 de 14 de Julio de 2000
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 14 de Julio de 2000
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: CONDE NUñEZ, MANUEL
Nº de sentencia: 1155
Resumen
Los hechos denunciados consistentes en "circular con
transporte especial de excavadora -Pontevedra-Coruña- con nº de autorización
11.435, incumpliendo las condiciones de la misma al no pasar aviso al Subsector
de tráfico de su salida con 24 horas de antelación". Aparecen acreditados
por la presunción de veracidad que la ley otorga a las denuncias formuladas por
los agentes de la autoridad (art. 76 de la Ley de Seguridad Vial), hechos que,
además fueron ratificados por el agente denunciante con fecha 13 de marzo de
1994.De un análisis conjunto de los artículos 61.1 de la Ley de Seguridad vial
y de los artículos 55, 56, 57, 58, 61, 63 y 222 del Código de la Circulación
(vigentes hasta su derogación por la Disposición Derogativa primera del
Reglamento General de vehículos, aprobado por Real Decreto 2822 /1998 de 23 de
diciembre) se deduce que las autorizaciones especiales para poder circular
aquellos vehículos que, por sus características técnicas o por la carga
indivisible que transporten, superen los pesos y las dimensiones máximas
autorizadas, no pueden estimarse con plena validez hasta que se haya comprobado
por el organismo competente que se cumplen las condiciones de la autorización
en cuanto a dimensiones, peso, etec, verificación que deben realizarse lógicamente
previo aviso del transportista en el plazo estipulado, en el momento en que va
a iniciarse la salida.Se estima el recurso.
Voces
Dirección General de Tráfico
Presunción de certeza
Potestad sancionadora
Mala fe
Jefatura de Tráfico
Fundamentos
RECURSO 02 /0006584 /1997 (tráfico)
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº …
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