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Sentencia Administrativo Nº 10342/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1215/2004 de 22 de Mayo de 2008
Relacionados:
Orden: Administrativo
Fecha: 22 de Mayo de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: MARTIN MARTIN, GERVASIO
Nº de sentencia: 10342/2008
Voces
Desestimación presunta
Derivación de responsabilidad
Administrador único
Responsabilidad
Representación procesal
Sentencia de conformidad
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCION QUINTA
PONENTE SR. Gervasio Martín Martín
RECURSO Nº 1215 de 2004.
S E N T E N C I A Nº 10.342
Presidente Ilmo. Sr.
Francisco Gerardo Martínez Tristán
Magistrados Ilmos. Sres.
Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª Fátima de la Cruz Mera
Dª Camen Álvarez Theurer
En Madrid, a veintidós de mayo de dos mil ocho.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 1215 de 2004 interpuesto por el Procurador Sr. Fernández Rosa en nombre y representación de Doña Eva, asistida de Letrado, contra la desestimación presunta por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de la reclamación económico administrativa contra acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria como consecuencia de su cargo de administradora única de la mercantil CONDAIRE, S.L., siendo el alcance total de la responsabilidad de 83.476 ?; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
La cuantía del recurso es de 83.476 ?.
Antecedentes
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo negando los hechos de ella que sean distintos o que se opongan a los que resulten del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la desestimación del recurso contencioso-administrativo y que se confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.
TERCERO: No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, tras el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 22 de mayo de 2008 , en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gervasio Martín Martín, quien expresa el parecer de la Sala.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCION QUINTA
PONENTE SR. Gervasio Martín Martín
RECURSO Nº 1215 de 2004.
S E N T E N C I A Nº 10.342
Presidente Ilmo. Sr.
Francisco Gerardo Martínez Tristán
Magistrados Ilmos. Sres.
Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª Fátima de la Cruz Mera
Dª Camen Álvarez Theurer
En Madrid, a veintidós de mayo de dos mil ocho.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 1215 de 2004 interpuesto por el Procurador Sr. Fernández Rosa en nombre y representación de Doña Eva, asistida de Letrado, contra la desestimación presunta por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de la reclamación económico administrativa contra acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria como consecuencia de su cargo de administradora única de la mercantil CONDAIRE, S.L., siendo el alcance total de la responsabilidad de 83.476 ?; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
La cuantía del recurso es de 83.476 ?.
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo negando los hechos de ella que sean distintos o que se opongan a los que resulten del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la desestimación del recurso contencioso-administrativo y que se confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.
TERCERO: No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, tras el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 22 de mayo de 2008 , en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gervasio Martín Martín, quien expresa el parecer de la Sala.
Debemos estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de Doña Eva, asistida de Letrado, contra la desestimación presunta por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de la reclamación económico administrativa contra acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria como consecuencia de su cargo de administradora única de la mercantil CONDAIRE, S.L., siendo el alcance total de la responsabilidad de 83.476 ?, anulando dicha resolución y el acto administrativo del que trae causa, sin imposición de costas.
Así por esta nuestra Sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que en ella se expresa en el dia 22 de mayo de 2008 , estando celebrando sesión pública, de lo que doy fe
Fallo
Debemos estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de Doña Eva, asistida de Letrado, contra la desestimación presunta por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de la reclamación económico administrativa contra acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria como consecuencia de su cargo de administradora única de la mercantil CONDAIRE, S.L., siendo el alcance total de la responsabilidad de 83.476 ?, anulando dicha resolución y el acto administrativo del que trae causa, sin imposición de costas.
Así por esta nuestra Sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que en ella se expresa en el dia 22 de mayo de 2008 , estando celebrando sesión pública, de lo que doy fe
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