Sentencia ADMINISTRATIVO ...yo de 2019

Última revisión
30/05/2019

Sentencia ADMINISTRATIVO Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 149/2017 de 13 de Mayo de 2019

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 13 de Mayo de 2019

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: FERNÁNDEZ DOZAGARAT, BEGOÑA

Núm. Cendoj: 28079230072019100181

Núm. Ecli: ES:AN:2019:1758

Núm. Roj: SAN 1758:2019

Resumen
IMPUESTOS ESTATALES:RENTA DE ADUANAS

Voces

Aduanas

Liquidación provisional del impuesto

Impuestos especiales

Providencia de apremio

Impuesto sobre el Valor Añadido

Importaciones de bienes

Terminación del procedimiento

Liquidaciones tributarias

Mala fe

Encabezamiento

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN SÉPTIMA

Núm. de Recurso:0000149/2017

Tipo de Recurso:PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General:01099/2017

Demandante:LOTIS YACHT SERVICES

Procurador:D. JACOBO GANDARILLAS MARTOS

Demandado:ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.:Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT

D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER

D. MARIA JESUS VEGAS TORRES

D. RAFAEL MOLINA YESTE

Madrid, a trece de mayo de dos mil diecinueve.

Visto el recurso contencioso administrativo número 149/2017, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Séptima, ha promovido la entidad LOTIS YACHT SERVICES representada por el Procurador D. Jacobo Gandarillas Martos, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 29 noviembre 2016 en materia de suspensión cautelar; se ha personado la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado. Siendo ponente la señora Dª BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT, Magistrada de esta Sección.

Antecedentes

PRIMERO:Por la entidad LOTIS YACHT SERVICES representada por el Procurador D. Jacobo Gandarillas Martos, se interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 29 noviembre 2016.

SEGUNDO:Por decreto de fecha 27 febrero 2017 se admitió el precedente recurso y se reclamó a la Administración demandada que en el plazo de veinte días remitiese el expediente administrativo y realizase los emplazamientos legales.

TERCERO:Una vez recibido el expediente, por diligencia de ordenación se concedió a la parte recurrente el plazo de veinte días para que formalizase la demanda, y por diligencia de ordenación se dio traslado al Sr. Abogado del Estado para que contestase la demanda en el plazo de veinte días.

Se señaló para deliberación y fallo el día 30 abril 2019.

Fundamentos

PRIMERO: La parte recurrente, la entidad LOTIS YACHT SERVICES, interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución del TEAC de fecha 29 noviembre 2016, registro general 3633/215, que tiene como base que el 16 abril 2015 la entidad Lotis Yacht Services interpuso ante el TEAC reclamación económico administrativa contra la liquidación provisional LCZ07112014000004 dictada por la Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de Baleares de la AEAT en fecha 19 septiembre 2014 y en cuantía de 7.395.308'88€, y se declaró inadmisible por extemporáneo en acuerdo de 28 julio 2015. Disconforme con ese acuerdo se formuló recurso de anulación que se estimó en fecha 1 diciembre 2015 en la que dejando sin efecto la resolución impugnada se acuerda la continuación de las actuaciones.

Mediante escrito de marzo 2016 la actora solicitó ante el TEAC la suspensión cautelar con dispensa de garantías. El TEAC el 223 junio 2016 dictó resolución en otra reclamación 5450/2015 formulada por la actora contra la providencia de apremio por la que se acordaba su anulación, y el 29 septiembre 2016 se acuerda el archivo de la solicitud de suspensión. La actora manifestó que debido a su situación económico financiera la ejecución de acto impugnado podría ocasionarle perjuicios de imposible o difícil reparación. El TEAC entendiendo que no estaban justificados los perjuicios de no accederse a la suspensión por lo que conforme al art. 46.4 RGRVA declara la inadmisión de la reclamación.

Contra esta resolución se interpone el presente recurso contencioso administrativo.

SEGUNDO: Con fecha 25 septiembre 2018, el TEAC dictó resolución respecto de la liquidación provisional mencionada de 19 septiembre 2014 dictada por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de Baleares por IVA a la importación y en cuantía de 7.395.308'22e (rg 3633/2015), y en esta resolución se procede a anular el acto impugnado.

La parte actora mediante escrito de 3 enero 2019 aportó copia de la resolución y solicitó que se declarase la terminación del procedimiento por carencia sobrevenida de objeto. De dicho escrito se dio traslado al Abogado del estado que no se opuso.

CUARTO: Estamos, por consiguiente ante una pérdida sobrevenida de objeto.

La cuestión relativa a la pérdida sobrevenida de objeto se suscita en tanto en cuanto que el TEAC ha resuelto la pretensión principal de la que deriva la petición de suspensión que ahora se ventila en una resolución de 25 septiembre 2018 que ha dado lugar al recurso contencioso administrativo nº 149/2017 interpuesto por la entidad ahora recurrente. En esa resolución el TEAC anula la liquidación principal que es lo que se pretendía ante el propio TEAC por la parte actora.

El presente recurso contencioso-administrativo, por tanto, ha perdido su objeto de forma sobrevenida ( artículo 69.c), en relación con el 25 de la LJCA ), toda vez que en él se examina la legalidad de un acuerdo del TEAC que procede a anular la liquidación principal de la que deriva la petición de suspensión cautelar. Dicha pretensión de suspensión tenía sentido únicamente como un incidente dentro de la reclamación económico administrativa, en el sentido de que lo que se examinaba en esa vía previa a la judicial era si, en tanto se sustanciaba y decidía la reclamación y dentro de ese ámbito material y temporal, si cabía o no la suspensión de la liquidación tributaria.

Cuando el TEAC ha dictado resolución de fondo en el recurso y, por tanto, el TEAC decide, en el ámbito de sus competencias, acerca de la conformidad o no a Derecho de los actos sometidos a su examen revisor, pierde su razón de ser pronunciamiento cautelar alguno, pues éste entraña una decisión accesoria e instrumental que sólo juega, como hemos visto, dentro de ese procedimiento y mientras éste persista, pero no cuando ya ha finalizado.

Por tanto toda cuestión relacionada con la suspensión ha perdido objeto ya que se ha perdido la finalidad motivadora de la petición.

No ha lugar a hacer una expresa condena en costas al no apreciarse temeridad o mala fe en las partes.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

En el presente recurso número 149/2017, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Séptima, que ha promovido la entidad LOTIS YACHT SERVICES representada por el Procurador D.Jacobo Gandarillas Martos, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 29 noviembre 2016, debemos declarar la pérdida sobrevenida de objeto.

No se hace expresa imposición en cuanto al pago de las cosas causadas.

Notifíquese esta Sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma está excluída del recurso de casación.

Sentencia ADMINISTRATIVO Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 149/2017 de 13 de Mayo de 2019

Ver el documento "Sentencia ADMINISTRATIVO Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 149/2017 de 13 de Mayo de 2019"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales
Disponible

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

IVA en operaciones interiores. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones interiores. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Cómo me convertí en inspector de Hacienda
Disponible

Cómo me convertí en inspector de Hacienda

Pablo Ignacio Fernández Miser

10.20€

9.69€

+ Información