Justificación del permiso...io de 2017

Última revisión
20/07/2017

Justificación del permiso retribuido por enfermedad. Sentencia SOCIAL Nº 88/2017, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 138/2017 de 19 de Junio de 2017

Tiempo de lectura: 27 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 19 de Junio de 2017

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: GALLO LLANOS, RAMON

Nº de sentencia: 88/2017

Núm. Cendoj: 28079240012017100087

Núm. Ecli: ES:AN:2017:2539

Núm. Roj: SAN 2539:2017

Resumen:
Dependiendo de la contingencia resulta suficiete el justificante emitido por el Servicio Médico Público o Mutua para justificar el permiso retribuido de los tres primeros días de cada período de enfermedad. La Audiencia Nacional estima la demanda deducida por CCOO frente a TRAGSATEC y declara el derecho de los trabajadores afectados por el conflicto a disfrutar del permiso o licencia retribuido durante los tres primeros días de cada período de enfermedad sin necesidad de ser declarados en situación de baja médica o IT, aceptando los documentos de justificación de ausencia o reposo, distintos del parte de baja o IT, emitidos por los facultativos del Servicio Público de Salud o Mutua, según la respectiva contingencia, y dejando por tanto de exigir la declaración de baja médica o incapacidad temporal para entender justificadas dichas ausencias y poder disfrutar del permiso o licencia retribuido. Considera que el permiso retribuido por enfermedad regulado en el art. 6 del Acuerdo de homologación de condiciones aplicable al personal de la demandada no tiene la misma naturaleza jurídica que la IT, y que por tanto no le resulta de aplicación en orden a su justificación de la normativa contenida en la OESS 1187/2015 de 15 de junio.

Encabezamiento

AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL

MADRID

SENTENCIA: 00088/2017

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Social

Secretaria Dª. MARTA JAUREGUIZAR SERRANO

SENTENCIA Nº: 88/2017

Fecha de Juicio:14/06/2017

Fecha Sentencia:19/06/2017

Fecha Auto Aclaración:

Tipo y núm. Procedimiento:CONFLICTOS COLECTIVOS 138 /2017

Ponente:D. RAMÓN GALLO LLANOS

Demandante/s:FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO

Demandado/s:TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIO...

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