Jurisprudencia por Salas Carceller, Antonio.
Filtros
Voces
Sociedad de responsabilidad limitada
Valoración de la prueba
Arrendatario
Reconvención
Registro de la Propiedad
Sentido del fallo
Estima
Desestima
Estima parcialmente
Orden
Civil
Penal
Especial
Ponente
Salas Carceller, Antonio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
AP - Murcia
Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
TS
Tribunal Militar Central
APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES INMUEBLES. NULIDAD DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA
COPROPIEDAD. DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN. NO PROCEDE CUANDO SE TRATA DE UN CONJUNTO INMOBILIARIO SUJETO A LA
La Sala confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que, a su vez, confirmaba la sentencia recaída en primera instancia por la cual se desestimaba la demanda de división de la cosa común que una entidad interponía contra la comunera de una finca que ambos tenían en común. En primer lugar, el recurso se desestima porque concurre una causa de inadmisión: fundamentación de la interposición del recurso de casación en infracciones no mencionadas en preparación. En segundo lugar, se incurre en
Propiedad horizontal. Estatutos. Gastos atribuidos expresamente al propietario de un local para conservación y reparación del mismo.
PROPIEDAD HORIZONTAL. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD QUE NO ES PROPIETARIO. NULIDAD RADICAL DEL NOMBRAMIENTO. MANTENIMIENTO DE LA VALIDEZ DE LOS ACTOS REALIZADOS POR LA COMUNIDAD BAJO SU3 PRESIDENCIA.
PROCESO MATRIMONIAL. MEDIDAS DEFINITIVAS. PENSIÓN DE ALIMENTOS. LAS MODIFICACIONES EN SU CUANTÍA PRODUCEN EFECTO DESDE LA FECHA DE LA RESOLUCIÓN QUE LAS ACUERDA.
Propiedad horizontal. Obras realizadas para pasar una conducción de desagüe por el forjado sin consentimiento de la comunidad. Carácter real de la acción. Prescripción: plazo de treinta años de las acciones reales. Consentimiento.
PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES. EL PLAZO PARA EXIGIR UN COMUNERO INDEMNIZACIÓN FRENTE A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS POR DAÑOS DERIVADOS DE LA FALTA DE CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS COMUNES NO ES EL DE UN AÑO, QUE CORRESPONDE A LAS RECLAMACIONES POR CULPA EXTRACONTRACTUAL, SINO EL GENERAL DE LAS ACCIONES PERSONALES.
APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES INMUEBLES. NULIDAD DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA
COPROPIEDAD. DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN. NO PROCEDE CUANDO SE TRATA DE UN CONJUNTO INMOBILIARIO SUJETO A LA
La Sala confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que, a su vez, confirmaba la sentencia recaída en primera instancia por la cual se desestimaba la demanda de división de la cosa común que una entidad interponía contra la comunera de una finca que ambos tenían en común. En primer lugar, el recurso se desestima porque concurre una causa de inadmisión: fundamentación de la interposición del recurso de casación en infracciones no mencionadas en preparación. En segundo lugar, se incurre en
Propiedad horizontal. Estatutos. Gastos atribuidos expresamente al propietario de un local para conservación y reparación del mismo.
PROPIEDAD HORIZONTAL. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD QUE NO ES PROPIETARIO. NULIDAD RADICAL DEL NOMBRAMIENTO. MANTENIMIENTO DE LA VALIDEZ DE LOS ACTOS REALIZADOS POR LA COMUNIDAD BAJO SU3 PRESIDENCIA.
PROCESO MATRIMONIAL. MEDIDAS DEFINITIVAS. PENSIÓN DE ALIMENTOS. LAS MODIFICACIONES EN SU CUANTÍA PRODUCEN EFECTO DESDE LA FECHA DE LA RESOLUCIÓN QUE LAS ACUERDA.
Propiedad horizontal. Obras realizadas para pasar una conducción de desagüe por el forjado sin consentimiento de la comunidad. Carácter real de la acción. Prescripción: plazo de treinta años de las acciones reales. Consentimiento.
PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES. EL PLAZO PARA EXIGIR UN COMUNERO INDEMNIZACIÓN FRENTE A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS POR DAÑOS DERIVADOS DE LA FALTA DE CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO DE ELEMENTOS COMUNES NO ES EL DE UN AÑO, QUE CORRESPONDE A LAS RECLAMACIONES POR CULPA EXTRACONTRACTUAL, SINO EL GENERAL DE LAS ACCIONES PERSONALES.