Jurisprudencia sobre Ruido.
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Constitucional
Ponente
Lopez De Hontanar Sanchez, Juan Francisco
Altarriba Cano, Carlos
Aranguren Perez, Ignacio De Loyola
Brines Tarraso, Maria Carmen
Canabal Conejos, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
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Ruido
Sentencia Administrativo Nº 118/2014, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 168/2013, 03-06-2014
1.- La sentencia apelada anula la actuación administrativa impugnada por vulneración de los derechos fundamentales a la integridad física y moral y a la intimidad personal e inviolabilidad del domicilio; clausura el establecimiento musical; e indemniza a la parte recurrente con 60.000 euros por los daños físicos y morales derivados de la ausencia de medidas efectivas para proteger sus derechos.
2.- El recurso de apelación se basa en la valoración de la prueba de los siguientes hechos:
Sentencia Administrativo Nº 171/2014, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 415/2012, 13-02-2014
PRIMERO.-Constituye el objeto del presente recurso la desestimación presunta por silencio administrativo por la Consejería Fomento y Transportes de la Junta de Andalucía de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada el día 17 de mayo de 2010 en expediente número
NUM000 . Con posterioridad ha recaído resolución expresa de 22 de mayo de 2013 desestimatoria de la reclamación administrativa, a la que se ha ampliado el recurso.
SEGUNDO.-Para la resolución del
Sentencia Administrativo Nº 206/2014, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 904/2012, 09-04-2014
PRIMERO.-
Objeto del recurso de apelación.
El Ayuntamiento de Getxo recurre en apelación la
sentencia nº 202/2012 de 14 de septiembre de 2012, del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de Bilbao , que estimó en lo sustancial [- es parcialmente en relación con las pretensiones de la demanda -] el recurso 1292/2009, seguido por los trámites del Procedimiento Ordinario, a instancias del Grupo Municipal Socialista, contra la desestimación presunta de la solicitud
Sentencia Administrativo Nº 785/2013, TSJ Navarra, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 475/2012, 06-09-2013
PRIMERO.-
La resolución impugnada en instancia es una medida cautelar administrativa emitida por el Alcalde del Ayuntamiento de Barañain de suspensión temporal (por dos meses) de la total actividad de la empresa Hermanos Gil Valencia S.L., actividad ésta de carnicería sita en el bajo nº 18 de la Avda. Eulza de dicha localidad.
El precinto de dicha carnicería fue llevado a cabo el día 23 de diciembre de 2009. La resolución está datada al 21 de diciembre de 2009.
Sentencia Administrativo Nº 362/2012, TSJ La Rioja, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 160/2012, 29-11-2012
PRIMERO. Es objeto de impugnación en el presente recurso de apelación la sentencia nº 263/2012, de fecha 7 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Logroño , que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución del Excmo. Sr. Consejero de Industria, Innovación y Empleo de fecha 8 de enero de 2010, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Directora General de Trabajo de fecha 29 de
Sentencia Administrativo Nº 44/2014, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 112/2012, 29-01-2014
Rafael Salvador Manzana Laguarda
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Sentencia Administrativo Nº 213/2013, JCA - Valencia, Sec. 9, Rec 538/2012, 31-05-2013
PRIMERO-Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución nº 3905 W de 29/06/2012 del Ayuntamiento de Valencia por la que se impone al recurrente un sanción de 2.400,68 euros como autor de una infracción grave con la circunstancia agravante de nocturnidad, de acuerdo con lo dispuesto en el
art. 28.5 a) de la Ley 37/2003, del Ruido así como en el art. 65.2.2. p ) y 66.
Sentencia Administrativo Nº 370/2012, JCA - Valencia, Sec. 3, Rec 18/2012, 26-10-2012
PRIMERO.La competencia de este Juzgado resulta de lo dispuesto en el
art. 8.1 L.J.C.A .
En cuanto al procedimiento, se ha estado a lo dispuesto en el art. 78 para el abreviado, a tenor de su cuantía.
SEGUNDO.-Frente a la resolución por la que se impone al recurrente sanción consistente en multa de 2.400,68 euros, por infracción del artículo 65.2 p) de la Ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica, de fecha 30-5- 08, por hechos consistent
Sentencia Administrativo Nº 55/2014, JCA - Ourense, Sec. 1, Rec 6/2014, 25-03-2014
I.-La sanción de multa de 200 euros aquí impugnada se le impuso a la recurrente por la comisión de la infracción"leve"prevista en el artículo 38.c) en relación con el artículo 31 ambos de la Ordenanza municipal sobre protección contra ruidos y vibraciones aprobada por acuerdo de 3 de mayo de 2002 del Pleno del Concello de Ourense (BOP núm. 139, de 19 de junio del 2002).
En el citado artículo 31 de la ordenanza se dispone que:
"
Tódalas actividades susceptibles de pro
Sentencia Administrativo Nº 555/2012, TSJ Baleares, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 85/2012, 24-07-2012
PRIMERO: Se aceptan los del Auto apelado.La parte actora y ahora apelante solicitó del Juzgado la medida cautelar positiva consistente en paralizar y clausurar la actividad de conciertos licenciada por el Ayuntamiento como actividad complementaria a la del hotel Trópico que explota la codemandada. Esa actividad está ubicada en la terraza exterior privada de aquel establecimiento hotelero y fundamenta esa petición en los graves defectos que dice adolece dicha licencia de actividad ya
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Ruido
Sentencia Administrativo Nº 118/2014, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 168/2013, 03-06-2014
1.- La sentencia apelada anula la actuación administrativa impugnada por vulneración de los derechos fundamentales a la integridad física y moral y a la intimidad personal e inviolabilidad del domicilio; clausura el establecimiento musical; e indemniza a la parte recurrente con 60.000 euros por los daños físicos y morales derivados de la ausencia de medidas efectivas para proteger sus derechos.
2.- El recurso de apelación se basa en la valoración de la prueba de los siguientes hechos:
Sentencia Administrativo Nº 171/2014, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 415/2012, 13-02-2014
PRIMERO.-Constituye el objeto del presente recurso la desestimación presunta por silencio administrativo por la Consejería Fomento y Transportes de la Junta de Andalucía de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada el día 17 de mayo de 2010 en expediente número
NUM000 . Con posterioridad ha recaído resolución expresa de 22 de mayo de 2013 desestimatoria de la reclamación administrativa, a la que se ha ampliado el recurso.
SEGUNDO.-Para la resolución del
Sentencia Administrativo Nº 206/2014, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 904/2012, 09-04-2014
PRIMERO.-
Objeto del recurso de apelación.
El Ayuntamiento de Getxo recurre en apelación la
sentencia nº 202/2012 de 14 de septiembre de 2012, del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de Bilbao , que estimó en lo sustancial [- es parcialmente en relación con las pretensiones de la demanda -] el recurso 1292/2009, seguido por los trámites del Procedimiento Ordinario, a instancias del Grupo Municipal Socialista, contra la desestimación presunta de la solicitud
Sentencia Administrativo Nº 785/2013, TSJ Navarra, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 475/2012, 06-09-2013
PRIMERO.-
La resolución impugnada en instancia es una medida cautelar administrativa emitida por el Alcalde del Ayuntamiento de Barañain de suspensión temporal (por dos meses) de la total actividad de la empresa Hermanos Gil Valencia S.L., actividad ésta de carnicería sita en el bajo nº 18 de la Avda. Eulza de dicha localidad.
El precinto de dicha carnicería fue llevado a cabo el día 23 de diciembre de 2009. La resolución está datada al 21 de diciembre de 2009.
Sentencia Administrativo Nº 362/2012, TSJ La Rioja, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 160/2012, 29-11-2012
PRIMERO. Es objeto de impugnación en el presente recurso de apelación la sentencia nº 263/2012, de fecha 7 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Logroño , que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución del Excmo. Sr. Consejero de Industria, Innovación y Empleo de fecha 8 de enero de 2010, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Directora General de Trabajo de fecha 29 de
Sentencia Administrativo Nº 44/2014, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 112/2012, 29-01-2014
Rafael Salvador Manzana Laguarda
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Sentencia Administrativo Nº 213/2013, JCA - Valencia, Sec. 9, Rec 538/2012, 31-05-2013
PRIMERO-Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución nº 3905 W de 29/06/2012 del Ayuntamiento de Valencia por la que se impone al recurrente un sanción de 2.400,68 euros como autor de una infracción grave con la circunstancia agravante de nocturnidad, de acuerdo con lo dispuesto en el
art. 28.5 a) de la Ley 37/2003, del Ruido así como en el art. 65.2.2. p ) y 66.
Sentencia Administrativo Nº 370/2012, JCA - Valencia, Sec. 3, Rec 18/2012, 26-10-2012
PRIMERO.La competencia de este Juzgado resulta de lo dispuesto en el
art. 8.1 L.J.C.A .
En cuanto al procedimiento, se ha estado a lo dispuesto en el art. 78 para el abreviado, a tenor de su cuantía.
SEGUNDO.-Frente a la resolución por la que se impone al recurrente sanción consistente en multa de 2.400,68 euros, por infracción del artículo 65.2 p) de la Ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica, de fecha 30-5- 08, por hechos consistent
Sentencia Administrativo Nº 55/2014, JCA - Ourense, Sec. 1, Rec 6/2014, 25-03-2014
I.-La sanción de multa de 200 euros aquí impugnada se le impuso a la recurrente por la comisión de la infracción"leve"prevista en el artículo 38.c) en relación con el artículo 31 ambos de la Ordenanza municipal sobre protección contra ruidos y vibraciones aprobada por acuerdo de 3 de mayo de 2002 del Pleno del Concello de Ourense (BOP núm. 139, de 19 de junio del 2002).
En el citado artículo 31 de la ordenanza se dispone que:
"
Tódalas actividades susceptibles de pro
Sentencia Administrativo Nº 555/2012, TSJ Baleares, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 85/2012, 24-07-2012
PRIMERO: Se aceptan los del Auto apelado.La parte actora y ahora apelante solicitó del Juzgado la medida cautelar positiva consistente en paralizar y clausurar la actividad de conciertos licenciada por el Ayuntamiento como actividad complementaria a la del hotel Trópico que explota la codemandada. Esa actividad está ubicada en la terraza exterior privada de aquel establecimiento hotelero y fundamenta esa petición en los graves defectos que dice adolece dicha licencia de actividad ya