Jurisprudencia sobre Robo con intimidación.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Ponente
Martinez Arrieta, Andres
Ventura Faci, Ramiro Jose
Iglesias Martin, Jose Carlos
Grau Gasso, Jose
Aparicio Carril, Maria Luisa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Sobre Robo con intimidación, robo con violencia, hurto y
robo. Que se absuelve al acusado J de un delito de robo con intimidación de
los artículos 237,
Siendo varios los motivos impugnatorios aducidos por la
representación del acusado Fernando C en el escrito de formalización del
recurso de apelación contra la sentencia de instancia que le condena como autor
de un delito de robo de uso de vehículos de motor, del art.
Conforme a reiterada doctrina jurisprudencial (por todas, sentencias de 14 octubre 1986, 10 de enero de 1992, 6 de marzo de 1993,4 de octubre de 1994, 19 de abril de 1995, 18 de octubre de 1995; 19 de enero de 1996, 22 de 1997 y 3 de abril de 1998), se viene declarando, en torno a la prueba circunstancial o indiciaria, que dicho derecho reaccional a la presunción de inocencia queda enervado a través de una prueba i
Los sucesos a los que se refiere el relato de hechos probados y que se inician sobre las 9'15 horas del día de autos, cuando se apodera el acusado de una furgoneta propiedad de los hermanos M, que la tenían estacionada delante de un negocio de su propiedad en Verín, tienen su continuación en los hechos ejecutados sobre las 10'45 horas en la cercana localidad de Trasmiras, logrando apoderarse de 1.225.000 ptas, que ante la amenaza del arma que empuñaba el acusado se le hiz
Sobre Robo con intimidación, robo con violencia, hurto y
robo. Que se absuelve al acusado J de un delito de robo con intimidación de
los artículos 237,
Siendo varios los motivos impugnatorios aducidos por la
representación del acusado Fernando C en el escrito de formalización del
recurso de apelación contra la sentencia de instancia que le condena como autor
de un delito de robo de uso de vehículos de motor, del art.
Conforme a reiterada doctrina jurisprudencial (por todas, sentencias de 14 octubre 1986, 10 de enero de 1992, 6 de marzo de 1993,4 de octubre de 1994, 19 de abril de 1995, 18 de octubre de 1995; 19 de enero de 1996, 22 de 1997 y 3 de abril de 1998), se viene declarando, en torno a la prueba circunstancial o indiciaria, que dicho derecho reaccional a la presunción de inocencia queda enervado a través de una prueba i
Los sucesos a los que se refiere el relato de hechos probados y que se inician sobre las 9'15 horas del día de autos, cuando se apodera el acusado de una furgoneta propiedad de los hermanos M, que la tenían estacionada delante de un negocio de su propiedad en Verín, tienen su continuación en los hechos ejecutados sobre las 10'45 horas en la cercana localidad de Trasmiras, logrando apoderarse de 1.225.000 ptas, que ante la amenaza del arma que empuñaba el acusado se le hiz