Jurisprudencia por Rios Lopez, Yolanda.
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Orden
Civil
Ponente
Rios Lopez, Yolanda
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Juzgados de lo Mercantil - Barcelona
AP - Barcelona
Búsqueda: Ponente
RIOS LOPEZ, YOLANDA
Sentencia CIVIL Nº 84/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1510/2019, 17-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.La actora DIRECCION006 es socia de la mercantil DIRECCION007, siendo titular del 11,66% del capital social. Así resulta de la escritura notarial de aumento de capital social de DIRECCION007, otorgada por la Notaria Dª Almudena Castro-Girona Martínez, en fecha 21 de mayo de 2018, con el nº 358 de su protocolo (documento nº 1 adjunto a la contestación).<p
Sentencia CIVIL Nº 83/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1724/2019, 17-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.D. Jose Miguel y Dª Estefanía tenían previsto celebrar el día 17 de mayo de 2019 su boda, en la ciudad de Cádiz, dando inicio el festejo a las 18 horas en el HOTEL DIRECCION000, con un total de setenta y seis personas invitadas.2. El vuelo NUM000, con salida prevista el 17 de Mayo de 2019 desde Barcelona a las 13:05 horas, y llegada prevista a DIRE
Sentencia CIVIL Nº 82/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1242/2019, 15-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.La actora TAMARIL SORAN SL es socia de la mercantil INGEPERFIL SL, siendo titular del 11,66% del capital social. Así resulta de la escritura notarial de aumento de capital social de INGEPERFIL, otorgada por la Notaria Dª Almudena Castro-Girona Martínez, en fecha 21 de mayo de 2018, con el nº 358 de su protocolo (documento nº 1 adjunto a la contestación).<p
Sentencia CIVIL Nº 90/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 61/2020, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 60/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 1767/2020, 04-01-2022
1.- Del derecho de resarcimiento en el ámbito del Convenio de Montreal.1.1.- No es un hecho controvertido que en el transcurso del vuelo operado por la demandada se produjo un 'gran retraso', superior a tres horas, como resulta de la prueba documental acompañada a los autos, en la que se acredita que la llegada al punto de destino final ser produjo varias horas después del horario pactado.1.2.- Por tanto, la presente litis debe determinar si procede un derecho resarcitori
Sentencia CIVIL Nº 16/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 331/2020, 04-01-2022
1.- Del derecho de resarcimiento en el ámbito del Convenio de Montreal.1.1.- No es un hecho controvertido que en el transcurso del vuelo operado por la demandada se produjo un 'gran retraso', superior a tres horas, como resulta de la prueba documental acompañada a los autos, en la que se acredita que la llegada al punto de destino final ser produjo varias horas después del horario pactado.1.2.- Por tanto, la presente litis debe determinar si procede un derecho resarcitori
Sentencia CIVIL Nº 38/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 88/2021, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 118/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 686/2020, 07-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 27/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 2502/2019, 04-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 64/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 2131/2019, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que debía viajar la parte actora fue objeto de cancelación o gran retraso equivalente por decisión de la compañía aérea demandada, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida cancelación y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de respo
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RIOS LOPEZ, YOLANDA
Sentencia CIVIL Nº 84/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1510/2019, 17-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.La actora DIRECCION006 es socia de la mercantil DIRECCION007, siendo titular del 11,66% del capital social. Así resulta de la escritura notarial de aumento de capital social de DIRECCION007, otorgada por la Notaria Dª Almudena Castro-Girona Martínez, en fecha 21 de mayo de 2018, con el nº 358 de su protocolo (documento nº 1 adjunto a la contestación).<p
Sentencia CIVIL Nº 83/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1724/2019, 17-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.D. Jose Miguel y Dª Estefanía tenían previsto celebrar el día 17 de mayo de 2019 su boda, en la ciudad de Cádiz, dando inicio el festejo a las 18 horas en el HOTEL DIRECCION000, con un total de setenta y seis personas invitadas.2. El vuelo NUM000, con salida prevista el 17 de Mayo de 2019 desde Barcelona a las 13:05 horas, y llegada prevista a DIRE
Sentencia CIVIL Nº 82/2022, JM Barcelona, Sec. 1, Rec 1242/2019, 15-03-2022
PRIMERO.- Relato de hechos probados.Resultan debidamente acreditados en la presente litis los siguientes hechos:1.La actora TAMARIL SORAN SL es socia de la mercantil INGEPERFIL SL, siendo titular del 11,66% del capital social. Así resulta de la escritura notarial de aumento de capital social de INGEPERFIL, otorgada por la Notaria Dª Almudena Castro-Girona Martínez, en fecha 21 de mayo de 2018, con el nº 358 de su protocolo (documento nº 1 adjunto a la contestación).<p
Sentencia CIVIL Nº 90/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 61/2020, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 60/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 1767/2020, 04-01-2022
1.- Del derecho de resarcimiento en el ámbito del Convenio de Montreal.1.1.- No es un hecho controvertido que en el transcurso del vuelo operado por la demandada se produjo un 'gran retraso', superior a tres horas, como resulta de la prueba documental acompañada a los autos, en la que se acredita que la llegada al punto de destino final ser produjo varias horas después del horario pactado.1.2.- Por tanto, la presente litis debe determinar si procede un derecho resarcitori
Sentencia CIVIL Nº 16/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 331/2020, 04-01-2022
1.- Del derecho de resarcimiento en el ámbito del Convenio de Montreal.1.1.- No es un hecho controvertido que en el transcurso del vuelo operado por la demandada se produjo un 'gran retraso', superior a tres horas, como resulta de la prueba documental acompañada a los autos, en la que se acredita que la llegada al punto de destino final ser produjo varias horas después del horario pactado.1.2.- Por tanto, la presente litis debe determinar si procede un derecho resarcitori
Sentencia CIVIL Nº 38/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 88/2021, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 118/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 686/2020, 07-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 27/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 2502/2019, 04-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que viajaba el actor fue objeto de gran retraso superior a tres horas, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida incidencia y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de responsabilidad por resultar imprevisible e inevitable.1.2.
Sentencia CIVIL Nº 64/2022, JM Barcelona, Sec. 2, Rec 2131/2019, 03-01-2022
1.- De la acción de reclamación de cantidad derivada del gran retraso en el vuelo contratado.1.1.- No es un hecho controvertido que el vuelo en el que debía viajar la parte actora fue objeto de cancelación o gran retraso equivalente por decisión de la compañía aérea demandada, subsistiendo la controversia acerca de cuál fue la causa de la referida cancelación y, en todo caso, si ésta es imputable jurídicamente a la misma, o bien constituye una circunstancia exoneratoria de respo