Jurisprudencia sobre Prueba de testigos.
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Presunción de inocencia
Práctica de la prueba
Prueba de cargo
Error en la valoración de la prueba
Ponente
Pelluz Robles, Luis Carlos
Comas De Argemir Cendra, Montserrat
Chacon Alonso, Maria Teresa
Cubero Flores, Francisco David
Rodríguez Puente, María Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Frente a la esencial estimación de los recurrentes, con la que se pretende imponer su particular y subjetiva visión de los hechos, nos encontramos con la objetiva valoración del resultado de las pruebas que han sido practicadas y que constan en los autos, constituida básicamente, por las declaraciones de los acusados, la prueba testifical y pericial, así como la documental.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de A Coruña, sobre delito contra la seguridad del tráfico. El recurrente alega que no se valoró la diligencia de síntomas y que no se ha pedido de modo racional la prueba de contraste. La Sala considera que el Juez de instancia funda la sentencia absolutoria en la declaración del acusado que niega haber ingerido alcohol en cantidad suficiente para superar los límites reglamentarios y q
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Ferrol, sobre delito de falsedad. Resulta probado que el acusado, absuelto en primera instancia, presentó denuncia ante la Comisaría de Policía, en la cual se identificaba con otro nombre, denunciando la sustracción de un vehículo. La cuestión esencial es que ni el M. Fiscal, ni el Juez a quo, ni tampoco los implicados han podido determinar el móvil que llevó al acusado a cambiar su
Frente a la esencial estimación del recurrente, con la que pretende imponer una particular y subjetiva visión de los hechos, nos encontramos con la objetiva valoración del resultado de las pruebas que han sido practicadas y que constan en los autos y en las que el juzgador de instancia no ha hechos más que recoger el resultado de las declaraciones de las personas que han intervenido en los hechos.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Frente a la esencial estimación de los recurrentes, con la que se pretende imponer su particular y subjetiva visión de los hechos, nos encontramos con la objetiva valoración del resultado de las pruebas que han sido practicadas y que constan en los autos, constituida básicamente, por las declaraciones de los acusados, la prueba testifical y pericial, así como la documental.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de A Coruña, sobre delito contra la seguridad del tráfico. El recurrente alega que no se valoró la diligencia de síntomas y que no se ha pedido de modo racional la prueba de contraste. La Sala considera que el Juez de instancia funda la sentencia absolutoria en la declaración del acusado que niega haber ingerido alcohol en cantidad suficiente para superar los límites reglamentarios y q
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Ferrol, sobre delito de falsedad. Resulta probado que el acusado, absuelto en primera instancia, presentó denuncia ante la Comisaría de Policía, en la cual se identificaba con otro nombre, denunciando la sustracción de un vehículo. La cuestión esencial es que ni el M. Fiscal, ni el Juez a quo, ni tampoco los implicados han podido determinar el móvil que llevó al acusado a cambiar su
Frente a la esencial estimación del recurrente, con la que pretende imponer una particular y subjetiva visión de los hechos, nos encontramos con la objetiva valoración del resultado de las pruebas que han sido practicadas y que constan en los autos y en las que el juzgador de instancia no ha hechos más que recoger el resultado de las declaraciones de las personas que han intervenido en los hechos.