Jurisprudencia sobre Prevalimiento.
Filtros
Sentido del fallo
Condena
Desestima
Estima
Absuelve
Estima parcialmente
Orden
Penal
Constitucional
Ponente
Chacon Alonso, Maria Teresa
Marchena Gomez, Manuel
Marrades Gomez, Maria Regina
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
No cabe la revisión. Es pena imponible la de nueve años de prisión, aunque la postulada por el recurrente de ocho años también lo sea. Pena impuesta por el Tribunal que no es objeto de revisión por auto del mismo.Señala el Tribunal que la sentencia cuya revisión se insta ahora por el condenado, aplicó el artículo 183.1 y 3
Prevalimiento por superioridad. Atenuante de reparación del daño en delitos que afectan a bienes jurídicos personalísimos En estos casos, la indemnización económica no cumple una función ni restitutoria ni reparatoria en un sentido estricto. Adquiere un valor simplemente compensatorio que sirve para para mitigar de una manera muy poco significativa la grave lesión del bien jurídico producido. Hay bienes jurídicos que no pueden "patrimonializarse" hasta el punto de hacer depender en una parte
No cabe la revisión. Es pena imponible la de nueve años de prisión, aunque la postulada por el recurrente de ocho años también lo sea. Pena impuesta por el Tribunal que no es objeto de revisión por auto del mismo.Señala el Tribunal que la sentencia cuya revisión se insta ahora por el condenado, aplicó el artículo 183.1 y 3
Prevalimiento por superioridad. Atenuante de reparación del daño en delitos que afectan a bienes jurídicos personalísimos En estos casos, la indemnización económica no cumple una función ni restitutoria ni reparatoria en un sentido estricto. Adquiere un valor simplemente compensatorio que sirve para para mitigar de una manera muy poco significativa la grave lesión del bien jurídico producido. Hay bienes jurídicos que no pueden "patrimonializarse" hasta el punto de hacer depender en una parte