Jurisprudencia sobre Presunción de certeza.
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Justiprecio
Indemnización por expropiación forzosa
Presunción de inocencia
Presunción de certeza
Valoración de la prueba
Ponente
Canabal Conejos, Francisco Javier
Lopez De Hontanar Sanchez, Juan Francisco
Cubero Flores, Francisco David
Prado Bernabeu, Raimundo
Gonzalez Rodriguez, Jorge
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Búsqueda: Voces
Presunción de certeza
Sentencia Contencioso-Administrativo 775/2023 TSJ Madrid, Rec. 1948/2021 de 22 de noviembre del 2023
PRIMERO .- Por la mercantil "Vipalyx, S.A." se impugna la Resolución de 17/08/2.021 de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social que confirmó en alzada la Resolución de 15/07/2.019 de la Administración nº 28/25 por la que se acordó anular el periodo de 19/07/2.016 a 18/07/2.018 de alta de la
Sentencia Social 335/2023 Juzgado de lo Social Lleida, Rec. 139/2023 de 15 de noviembre del 2023
PRIMERO. Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 LRJS, se declara que los hechos probados se han deducido de los siguientes medios de prueba: de la documental consistente en el expediente administrativo; SEGUNDO. De conformidad con el
Sentencia Social 746/2023 TSJ Madrid, Rec. 517/2023 de 27 de noviembre del 2023
PRIMERO. - Sobre la valoración de la prueba. Los hechos declarados probados se han obtenido de la prueba documental obrante en autos, consistente en la aportada por las partes (la acompañada con el escrito de demanda, el expediente administrativo solicitado y remitido como prueba anticipada y la aportada en el acto de la vista), con base en la indicada en cada uno de los hechos y de una valoración c
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Presunción de certeza
Sentencia Contencioso-Administrativo 775/2023 TSJ Madrid, Rec. 1948/2021 de 22 de noviembre del 2023
PRIMERO .- Por la mercantil "Vipalyx, S.A." se impugna la Resolución de 17/08/2.021 de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social que confirmó en alzada la Resolución de 15/07/2.019 de la Administración nº 28/25 por la que se acordó anular el periodo de 19/07/2.016 a 18/07/2.018 de alta de la
Sentencia Social 335/2023 Juzgado de lo Social Lleida, Rec. 139/2023 de 15 de noviembre del 2023
PRIMERO. Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 LRJS, se declara que los hechos probados se han deducido de los siguientes medios de prueba: de la documental consistente en el expediente administrativo; SEGUNDO. De conformidad con el
Sentencia Social 746/2023 TSJ Madrid, Rec. 517/2023 de 27 de noviembre del 2023
PRIMERO. - Sobre la valoración de la prueba. Los hechos declarados probados se han obtenido de la prueba documental obrante en autos, consistente en la aportada por las partes (la acompañada con el escrito de demanda, el expediente administrativo solicitado y remitido como prueba anticipada y la aportada en el acto de la vista), con base en la indicada en cada uno de los hechos y de una valoración c