Jurisprudencia sobre Perjuicios patrimoniales.
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Voces
Daños y perjuicios
Estafa
Delito de estafa
Sociedad de responsabilidad limitada
Presunción de inocencia
Ponente
Jose Javier Diez Nuñez
Varea Orbea, Juan
De Flores Rosas Carrión, Francisca María
Segui Puntas, Jordi
Herrero Muñoz-cobo, Joaquin
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
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Perjuicios patrimoniales
Sentencia CIVIL Nº 83/2019, JM Valladolid, Sec. 1, Rec 64/2011, 01-04-2019
No encontrada materia1-00901
Sentencia CIVIL Nº 914/2019, AP - Alicante, Sec. 8, Rec 175/2019, 18-07-2019
PRIMERO.- La sentencia dictada en primera instancia ha desestimado la demanda, con la que la administración concursal ha pretendido la rescisión de una serie de pagos efectuados al liquidador de la sociedad IMPEXLED, ex arts. 71.2 y 71.3.1º LC , al considerar, dicho sea muy en síntesis, que ni ha habido ningún acto a título gratuito (ya que los pagos que se hicieron eran pagos debidos, en atención a la labor desarrollada por dicho liquidador), por lo que no se da la presunción iuris et de iu
Sentencia Penal Nº 300/2019, AP - Madrid, Sec. 7, Rec 723/2018, 22-04-2019
PRIMERO. - Los hechos que se declaran probados son constitutivos de un delito de estafa, agravado en razón de la cuantía de lo defraudado.A esta conclusión llegamos por la valoración de la prueba practicada en el Plenario, realizada en los términos a que se refiere el art. 741 de la LECrim.El acusado ha negado los hechos, dicien
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Perjuicios patrimoniales
Sentencia CIVIL Nº 83/2019, JM Valladolid, Sec. 1, Rec 64/2011, 01-04-2019
No encontrada materia1-00901
Sentencia CIVIL Nº 914/2019, AP - Alicante, Sec. 8, Rec 175/2019, 18-07-2019
PRIMERO.- La sentencia dictada en primera instancia ha desestimado la demanda, con la que la administración concursal ha pretendido la rescisión de una serie de pagos efectuados al liquidador de la sociedad IMPEXLED, ex arts. 71.2 y 71.3.1º LC , al considerar, dicho sea muy en síntesis, que ni ha habido ningún acto a título gratuito (ya que los pagos que se hicieron eran pagos debidos, en atención a la labor desarrollada por dicho liquidador), por lo que no se da la presunción iuris et de iu
Sentencia Penal Nº 300/2019, AP - Madrid, Sec. 7, Rec 723/2018, 22-04-2019
PRIMERO. - Los hechos que se declaran probados son constitutivos de un delito de estafa, agravado en razón de la cuantía de lo defraudado.A esta conclusión llegamos por la valoración de la prueba practicada en el Plenario, realizada en los términos a que se refiere el art. 741 de la LECrim.El acusado ha negado los hechos, dicien