Jurisprudencia sobre Período de prueba.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cea Ayala, Benedicto
Lacambra Morera, Luis
Ruiz Pontones, Manuel
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Juanes Fraga, Enrique
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
CONTRATO DE TRABAJO: por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. Licitud del periodo de prueba de un año establecido en la norma reguladora, cuando la norma convencional fijaba un plazo inferior. Es licito.
DESEMPLEO. RECONOCIMIENTO DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA CUANDO SE HA EXTINGUIDO EL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL EMPLEADOR DURANTE EL PERIODO DE PRUEBA Y ANTES DEL TRANSCURSO DE TRES MESES DESDE QUE EL DEMANDANTE INICIÓ EL DISFRUTE DE UNA EXCEDENCIA VOLUNTARIA EN SU ANTERIOR EMPRESA. APLICA DOCTRINA (SSTS 24 DE MARZO DE 2001, RCUD 749/2000 Y 29 DE DICIEMBRE DE 2004, RCUD 5582/2003).
DESPIDO IMPROCEDENTE. PERIODO DE PRUEBA. NECESIDAD DE PACTARLO POR ESCRITO. El artículo 14.1,
Periodo de prueba. Validez. Nuevo contrato. El periodo de prueba tiene por objeto acreditar la aptitud del trabajador para el empleo convenido. Por ello, el elemento determinante para su validez es el propio período temporal establecido al respecto en el convenio colectivo, no la variación en la modalidad contractual empleada. Si no ha transcurrido ese período cabe que, en un nuevo contrato, se establezca un nuevo periodo de prueba siempre que, sumado al anterior, no supere el convencionalme
Límites a la facultad empresarial de desistimiento en período de prueba. Accidente del trabajador a prueba. El TS confirma la sentencia que declaró ajustada a derecho la extinción del contrato sometido a un período de prueba, llevada a cabo por el empresario frente a un obrero de la construcción que sufrió lesiones que conllevaron una incapacidad temporal el mismo día que comenzaba el período de pruebas. Contiene voto particular<
CONTRATO DE TRABAJO: por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. Licitud del periodo de prueba de un año establecido en la norma reguladora, cuando la norma convencional fijaba un plazo inferior. Es licito.
DESEMPLEO. RECONOCIMIENTO DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA CUANDO SE HA EXTINGUIDO EL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL EMPLEADOR DURANTE EL PERIODO DE PRUEBA Y ANTES DEL TRANSCURSO DE TRES MESES DESDE QUE EL DEMANDANTE INICIÓ EL DISFRUTE DE UNA EXCEDENCIA VOLUNTARIA EN SU ANTERIOR EMPRESA. APLICA DOCTRINA (SSTS 24 DE MARZO DE 2001, RCUD 749/2000 Y 29 DE DICIEMBRE DE 2004, RCUD 5582/2003).
DESPIDO IMPROCEDENTE. PERIODO DE PRUEBA. NECESIDAD DE PACTARLO POR ESCRITO. El artículo 14.1,
Periodo de prueba. Validez. Nuevo contrato. El periodo de prueba tiene por objeto acreditar la aptitud del trabajador para el empleo convenido. Por ello, el elemento determinante para su validez es el propio período temporal establecido al respecto en el convenio colectivo, no la variación en la modalidad contractual empleada. Si no ha transcurrido ese período cabe que, en un nuevo contrato, se establezca un nuevo periodo de prueba siempre que, sumado al anterior, no supere el convencionalme
Límites a la facultad empresarial de desistimiento en período de prueba. Accidente del trabajador a prueba. El TS confirma la sentencia que declaró ajustada a derecho la extinción del contrato sometido a un período de prueba, llevada a cabo por el empresario frente a un obrero de la construcción que sufrió lesiones que conllevaron una incapacidad temporal el mismo día que comenzaba el período de pruebas. Contiene voto particular<