Jurisprudencia sobre Pensión de viudedad.
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Pensión de viudedad
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Prestación de jubilación
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Garcia Paredes, Maria Luz
Luelmo Millan, Miguel Angel
Rodriguez Alvarez, Maria Begoña
Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Otros
Revisión de oficio por el INSS de actos declarativos de derechos. Incompatibilidad complemento de maternidad. Inexistencia de contradicción. En la sentencia referencial se acepta y no se discute la incompatibilidad de las prestaciones de seguridad social a las que afecta la revisión. En la recurrida se niega la incompatibilidad. No hay identidad en los hechos. Son distintas las circunstancias en orden a apreciar la concurrencia de la situación jurídica que permite la revisión de oficio. <
PENSIÓN DE VIUDEDAD. RECONOCIMIENTO A PERSONA DIVORCIADA SIN DERECHO A PENSIÓN COMPENSATORIA. CONDICIÓN DE VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO. Falta de contradicción. No hay identidad en los supuestos de hecho entre la sentencia dictada y las alegadas como contradictorias.
Promovido por doña Joaquina Cortés Cortés en relación con la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que desestimó su demanda de reconocimiento de pensión de viudedad.
Supuesta discriminación por razón de raza: denegación de la pensión de viudedad consecuencia de la inexistencia de unión matrimonial reconocida por el ordenamiento español (STEDH de 8 de diciembre de 2009, asunto Muñoz Díaz c. España). Voto particular.
La demandante de amparo vio denegada en vía admin
Revisión de oficio por el INSS de actos declarativos de derechos. Incompatibilidad complemento de maternidad. Inexistencia de contradicción. En la sentencia referencial se acepta y no se discute la incompatibilidad de las prestaciones de seguridad social a las que afecta la revisión. En la recurrida se niega la incompatibilidad. No hay identidad en los hechos. Son distintas las circunstancias en orden a apreciar la concurrencia de la situación jurídica que permite la revisión de oficio. <
PENSIÓN DE VIUDEDAD. RECONOCIMIENTO A PERSONA DIVORCIADA SIN DERECHO A PENSIÓN COMPENSATORIA. CONDICIÓN DE VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO. Falta de contradicción. No hay identidad en los supuestos de hecho entre la sentencia dictada y las alegadas como contradictorias.
Promovido por doña Joaquina Cortés Cortés en relación con la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que desestimó su demanda de reconocimiento de pensión de viudedad.
Supuesta discriminación por razón de raza: denegación de la pensión de viudedad consecuencia de la inexistencia de unión matrimonial reconocida por el ordenamiento español (STEDH de 8 de diciembre de 2009, asunto Muñoz Díaz c. España). Voto particular.
La demandante de amparo vio denegada en vía admin