Jurisprudencia sobre Obligaciones subordinadas.
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Orden
Civil
Supranacional
Ponente
Gonzalez Movilla, Maria Jose
Vigo Morancho, Agustin
Vila I Cruells, Carles
Regadera Saenz, Jose Manuel
Zapata Camacho, Inmaculada Concepcion
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Búsqueda: Voces
Obligaciones subordinadas
Sentencia Civil Nº 131/2015, AP - Madrid, Sec. 25, Rec 686/2014, 17-03-2015
PRIMERO.- La Sentencia recurrida estimó la pretensión de los demandantes y declaró la nulidad de la orden de suscripción de obligaciones subordinadas de Caja Madrid, de 6 de mayo de 2010, por error en el consentimiento, pretensión que fue estimada íntegramente con la obligación de reintegrar las prestaciones recíprocas, pronunciamiento del que discrepa la demandada por los siguientes motivos de apelación.
1) Inexistencia de contrato de asesoramiento entre las partes.
2)
Sentencia Civil Nº 121/2015, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 173/2014, 27-03-2015
PRIMERO.-Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.
SEGUNDO.-Por BANKIA S.A., se interpuso recurso de apelación contra la
sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de los de Madrid , que estimó la demanda presentada por SPORT MONT BENIDORM, S.L. contra CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID (ahora BANKIA) frente a la que interesaba que se declarase la nulidad de
Sentencia Civil Nº 178/2015, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 232/2014, 22-05-2015
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 82/2015, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 8/2015, 27-02-2015
PRIMERO.-En fecha 27 de mayo de 2009, D.
Serafin suscribió orden de participaciones preferentes, con Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, S.A. (ahora 'Bankia'), por importe de 20.000 € (documento nº 2 adjunto a la demanda, folio 33); posteriormente, en fecha 6 de mayo de 2010 suscribió obligaciones subordinadas por importe de 30.000 € (documento nº 6 adjunto a la demanda, folio 44).
D.
Serafin suscribió dichas órdenes sin que la entidad le hubiera proporcionado una i
Sentencia Civil Nº 117/2015, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 182/2014, 19-03-2015
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 47/2015, AP - Barcelona, Sec. 19, Rec 597/2013, 15-04-2015
PRIMERO.-Por D.
Cosme y Dª.
Rosalia se interupuso demanda de acción de nulidad radical de contrato de compra de deuda subordinada de 1ª y 7ª emisión de Caixa de Catalunya adquiridos por un valor nominal de 36.000 euros las de 7ª emisión y 33.055,55 euros las de 1ª emisión. De forma subsidiaria se instó la nulidad contractual en aplicación del los
art. 1301 y <rel id="7499513_119455"
Sentencia Civil Nº 39/2015, AP - A Coruña, Sec. 4, Rec 324/2014, 11-02-2015
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia Civil Nº 211/2015, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 696/2013, 06-05-2015
PRIMERO.-
Planteamiento
Por lo que ahora nos interesa, solicitaron D.
Marino y Dª
Loreto en la demanda origen de las presentes actuaciones la anulación de las adquisiciones de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de la propia entidad que, entre octubre de 2001 y junio de 2008, convinieron con Caixa d'Estalvis Laietana (en la actualidad, Bankia SA), así como de los subsiguientes canje/recompra de acciones formalizados en marzo de 2012.
Sentencia Civil Nº 162/2015, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 842/2014, 16-04-2015
PRIMERO.-Doña.
Apolonia interpuso demanda de juicio verbal contra CATALUNYA BANC, S.A. solicitando se declare la nulidad radical, como consecuencia de la ausencia de uno de los elementos esenciales del contrato, el consentimiento, de la orden de suscripción de obligaciones subordinadas de Caixa Catalunya, octava emisión, de fecha 13-11-2008, de los contratos de adquisición de obligaciones subordinadas a ella vinculados, de los contratos de obligaciones subordinadas, de los contratos
Sentencia Civil Nº 322/2014, AP - Castellon, Sec. 3, Rec 443/2014, 17-11-2014
PRIMERO.-Por Dª
Manuela y D.
Carlos Alberto se presentó el 19 de julio de 2.013, demanda de juicio ordinario contra la entidad 'Bankia, S.A.', solicitando en el suplico: A) Se declare, en el subsiguiente orden de alternativa subsidiariedad, la nulidad radical, en su caso anule, o en último término resuelva. 1º.- El contrato de fecha 3 de febrero de 1.999 de apertura de cuenta de valores de compra de participaciones preferentes por 10.200 y 600 euros; 2º.- El contrato de fecha 12 de
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Obligaciones subordinadas
Sentencia Civil Nº 131/2015, AP - Madrid, Sec. 25, Rec 686/2014, 17-03-2015
PRIMERO.- La Sentencia recurrida estimó la pretensión de los demandantes y declaró la nulidad de la orden de suscripción de obligaciones subordinadas de Caja Madrid, de 6 de mayo de 2010, por error en el consentimiento, pretensión que fue estimada íntegramente con la obligación de reintegrar las prestaciones recíprocas, pronunciamiento del que discrepa la demandada por los siguientes motivos de apelación.
1) Inexistencia de contrato de asesoramiento entre las partes.
2)
Sentencia Civil Nº 121/2015, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 173/2014, 27-03-2015
PRIMERO.-Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.
SEGUNDO.-Por BANKIA S.A., se interpuso recurso de apelación contra la
sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de los de Madrid , que estimó la demanda presentada por SPORT MONT BENIDORM, S.L. contra CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID (ahora BANKIA) frente a la que interesaba que se declarase la nulidad de
Sentencia Civil Nº 178/2015, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 232/2014, 22-05-2015
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 82/2015, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 8/2015, 27-02-2015
PRIMERO.-En fecha 27 de mayo de 2009, D.
Serafin suscribió orden de participaciones preferentes, con Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, S.A. (ahora 'Bankia'), por importe de 20.000 € (documento nº 2 adjunto a la demanda, folio 33); posteriormente, en fecha 6 de mayo de 2010 suscribió obligaciones subordinadas por importe de 30.000 € (documento nº 6 adjunto a la demanda, folio 44).
D.
Serafin suscribió dichas órdenes sin que la entidad le hubiera proporcionado una i
Sentencia Civil Nº 117/2015, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 182/2014, 19-03-2015
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 47/2015, AP - Barcelona, Sec. 19, Rec 597/2013, 15-04-2015
PRIMERO.-Por D.
Cosme y Dª.
Rosalia se interupuso demanda de acción de nulidad radical de contrato de compra de deuda subordinada de 1ª y 7ª emisión de Caixa de Catalunya adquiridos por un valor nominal de 36.000 euros las de 7ª emisión y 33.055,55 euros las de 1ª emisión. De forma subsidiaria se instó la nulidad contractual en aplicación del los
art. 1301 y <rel id="7499513_119455"
Sentencia Civil Nº 39/2015, AP - A Coruña, Sec. 4, Rec 324/2014, 11-02-2015
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia Civil Nº 211/2015, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 696/2013, 06-05-2015
PRIMERO.-
Planteamiento
Por lo que ahora nos interesa, solicitaron D.
Marino y Dª
Loreto en la demanda origen de las presentes actuaciones la anulación de las adquisiciones de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de la propia entidad que, entre octubre de 2001 y junio de 2008, convinieron con Caixa d'Estalvis Laietana (en la actualidad, Bankia SA), así como de los subsiguientes canje/recompra de acciones formalizados en marzo de 2012.
Sentencia Civil Nº 162/2015, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 842/2014, 16-04-2015
PRIMERO.-Doña.
Apolonia interpuso demanda de juicio verbal contra CATALUNYA BANC, S.A. solicitando se declare la nulidad radical, como consecuencia de la ausencia de uno de los elementos esenciales del contrato, el consentimiento, de la orden de suscripción de obligaciones subordinadas de Caixa Catalunya, octava emisión, de fecha 13-11-2008, de los contratos de adquisición de obligaciones subordinadas a ella vinculados, de los contratos de obligaciones subordinadas, de los contratos
Sentencia Civil Nº 322/2014, AP - Castellon, Sec. 3, Rec 443/2014, 17-11-2014
PRIMERO.-Por Dª
Manuela y D.
Carlos Alberto se presentó el 19 de julio de 2.013, demanda de juicio ordinario contra la entidad 'Bankia, S.A.', solicitando en el suplico: A) Se declare, en el subsiguiente orden de alternativa subsidiariedad, la nulidad radical, en su caso anule, o en último término resuelva. 1º.- El contrato de fecha 3 de febrero de 1.999 de apertura de cuenta de valores de compra de participaciones preferentes por 10.200 y 600 euros; 2º.- El contrato de fecha 12 de