Jurisprudencia sobre Notoria importancia.
Filtros
Voces
Sentido del fallo
Condena
Estima
Desestima
Absuelve
Estima parcialmente
Orden
Penal
Constitucional
Ponente
Martinez Arrieta, Andres
Marchena Gomez, Manuel
Martin Meizoso, Carlos
Cubero Flores, Francisco David
Soriano Soriano, Jose Ramon
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de sala
Acuerdo de Sala
DELITO: CONTRA LA SALUD PÚBLICA MOTIVOS: INFRACCIÓN DE PRECEPTO CONSTITUCIONAL. Principio de igualdad. Tutela judicial efectiva. Principio in dubio pro reo. INFRACCIÓN DE LEY. Indebida aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Auto de inadmisión del recurso de casación.-
Se declara no haber lugar a la admisión del recurso de casación formalizado contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 1ª, por delito contra la salud pública.
La Sala declara que el cauce casacional elegido implica la aceptación de los hechos declarados probados en la Sentencia impugnada
REVISIÓN DE PENAS.- LO 5/2010.- No procede, pues globalmente considerados ambos regímenes sucesivos en el tiempo, la situación actual no es más favorable para los reos, al subsistir la agravante específica de organización.-
Se declara no haber lugar a los Recursos de Casación interpuestos contra Autos denegatorios de revisión de condenas por delitos contra la salud pública, dictados por la sección Primera de la Sala de lo Penal de
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Solicitud de revisión de condena impuesta en sentencia firme.- No cabe dicho recurso.-
Se declara no haber lugar a la admisión del recurso de casación formalizado contra Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 3ª, sobre revisión de condena dictada en sentencia firme por delitco contra la salud pública. La Sala declara que no procede la revisión de sentencias firmes, como es el caso, en
DELITO: CONTRA LA SALUD PÚBLICA MOTIVOS: INFRACCIÓN DE PRECEPTO CONSTITUCIONAL. Principio de igualdad. Tutela judicial efectiva. Principio in dubio pro reo. INFRACCIÓN DE LEY. Indebida aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Auto de inadmisión del recurso de casación.-
Se declara no haber lugar a la admisión del recurso de casación formalizado contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 1ª, por delito contra la salud pública.
La Sala declara que el cauce casacional elegido implica la aceptación de los hechos declarados probados en la Sentencia impugnada
REVISIÓN DE PENAS.- LO 5/2010.- No procede, pues globalmente considerados ambos regímenes sucesivos en el tiempo, la situación actual no es más favorable para los reos, al subsistir la agravante específica de organización.-
Se declara no haber lugar a los Recursos de Casación interpuestos contra Autos denegatorios de revisión de condenas por delitos contra la salud pública, dictados por la sección Primera de la Sala de lo Penal de
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Solicitud de revisión de condena impuesta en sentencia firme.- No cabe dicho recurso.-
Se declara no haber lugar a la admisión del recurso de casación formalizado contra Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 3ª, sobre revisión de condena dictada en sentencia firme por delitco contra la salud pública. La Sala declara que no procede la revisión de sentencias firmes, como es el caso, en