Jurisprudencia sobre Negocio jurídico.
Filtros
Ponente
Sanz Acosta, Luis Aurelio
Sobrino Blanco, Angel Luis
Sola Ruiz, Maria Covadonga
Covian Regales, Miguel Juan
Quesada Varea, Jose Luis
Se anula en la instancia la liquidación, girada a la recurrente, por Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones como consecuencia de gravar como donación el exceso de valor comprobado sobre el declarado a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, así como la comprobación de valores de la que traen causa, por no ser conformes a Derecho, declarando el derecho de que la actora a que por la Administración regional demandada se le devuelva la cantidad ingresada. Y es que l
La STC de 19 de julio de 2000 ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la disp. Adic. 4.ª de la
Se estima el recurso contencioso-administrativo presentado y, en consecuencia, se anula la liquidación por Impuesto de Sucesiones y Donaciones practicada al actor y derivada de la aplicación de la disposición adicional 4ª de la Ley 8/89, por haber quedado áquella sin cobertura normativa al haber sido declarada inconstitucional dicha disposición.
La STC de 19 de julio de 2000 ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la disp. Adic. 4.ª de la
Se estima el recurso contencioso-administrativo presentado y, en consecuencia, se anula la liquidación por Impuesto de Sociedades practicada a la actora y derivada de la aplicación de la disposición adicional 4ª de la Ley 8/89, por haber quedado aquélla sin cobertura normativa al haber sido declarada inconstitucional dicha disposición.
Se anula en la instancia la liquidación, girada a la recurrente, por Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones como consecuencia de gravar como donación el exceso de valor comprobado sobre el declarado a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, así como la comprobación de valores de la que traen causa, por no ser conformes a Derecho, declarando el derecho de que la actora a que por la Administración regional demandada se le devuelva la cantidad ingresada. Y es que l
La STC de 19 de julio de 2000 ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la disp. Adic. 4.ª de la
Se estima el recurso contencioso-administrativo presentado y, en consecuencia, se anula la liquidación por Impuesto de Sucesiones y Donaciones practicada al actor y derivada de la aplicación de la disposición adicional 4ª de la Ley 8/89, por haber quedado áquella sin cobertura normativa al haber sido declarada inconstitucional dicha disposición.
La STC de 19 de julio de 2000 ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la disp. Adic. 4.ª de la
Se estima el recurso contencioso-administrativo presentado y, en consecuencia, se anula la liquidación por Impuesto de Sociedades practicada a la actora y derivada de la aplicación de la disposición adicional 4ª de la Ley 8/89, por haber quedado aquélla sin cobertura normativa al haber sido declarada inconstitucional dicha disposición.