Jurisprudencia sobre Negocio jurídico.
Filtros
Ponente
Sanz Acosta, Luis Aurelio
Sobrino Blanco, Angel Luis
Sola Ruiz, Maria Covadonga
Covian Regales, Miguel Juan
Quesada Varea, Jose Luis
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Zaragoza sobre reclamación de cantidad en virtud de préstamo. La Sala considera que no se ha acreditado la realidad del préstamo. La valoración pormenorizada que efectúa la Sala de dicho conjunto probatorio, valoración que lleva a cabo en ejercicio de la facultad soberana que posee, como tiene declarado la doctrina jurisprudencial, no acredita la existencia del prést
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Zaragoza, sobre delitos de estafa e insolvencia punible. La Sala encuentra probado el delito de estafa pues el mismo recurrente reconoció haber entregado a la querellante letras de cambio con fecha posterior a la realización y entrega de los trabajos, que sabía que no iba a poder cobrar por carecer de fondos. Asimismo, está probada la insolvencia punible, por cuanto el
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Zaragoza sobre reclamación de cantidad en virtud de préstamo. La Sala considera que no se ha acreditado la realidad del préstamo. La valoración pormenorizada que efectúa la Sala de dicho conjunto probatorio, valoración que lleva a cabo en ejercicio de la facultad soberana que posee, como tiene declarado la doctrina jurisprudencial, no acredita la existencia del prést
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Zaragoza, sobre delitos de estafa e insolvencia punible. La Sala encuentra probado el delito de estafa pues el mismo recurrente reconoció haber entregado a la querellante letras de cambio con fecha posterior a la realización y entrega de los trabajos, que sabía que no iba a poder cobrar por carecer de fondos. Asimismo, está probada la insolvencia punible, por cuanto el
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)