Jurisprudencia sobre Negocio jurídico.
Filtros
Ponente
Sanz Acosta, Luis Aurelio
Sobrino Blanco, Angel Luis
Sola Ruiz, Maria Covadonga
Covian Regales, Miguel Juan
Quesada Varea, Jose Luis
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Madrid, sobre contrato de compraventa.
Se confirma la resolución que señala que, en este caso, no ha quedado acreditada la existencia de un contrato de compraventa entre los litigantes. No hay una prueba plena de que el marido de la demandada hubiera vendido la nave industrial al apelante, en nombre y representación de aquélla. Aparte faltaría el poder de representación
Se estima parcialmente el Recurso de Apelacion contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid, sobre acción declarativa de dominio.
El éxito de toda acción declarativa de dominio exige la concurrencia de ciertos requisitos, que debe acreditar a la parte actora, como son el dominio del actor y la identificación de la cosa. Pero con los elementos probatorios aportados al proceso no cabe afirmar la concurrencia de aquéllos. Por ello, la inviabilidad
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Madrid, sobre contrato de compraventa.
Se confirma la resolución que señala que, en este caso, no ha quedado acreditada la existencia de un contrato de compraventa entre los litigantes. No hay una prueba plena de que el marido de la demandada hubiera vendido la nave industrial al apelante, en nombre y representación de aquélla. Aparte faltaría el poder de representación
Se estima parcialmente el Recurso de Apelacion contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid, sobre acción declarativa de dominio.
El éxito de toda acción declarativa de dominio exige la concurrencia de ciertos requisitos, que debe acreditar a la parte actora, como son el dominio del actor y la identificación de la cosa. Pero con los elementos probatorios aportados al proceso no cabe afirmar la concurrencia de aquéllos. Por ello, la inviabilidad