Jurisprudencia por Montero Fernandez, Jose Antonio.
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Voces
Impuesto sobre el Valor Añadido
Interés casacional
Impuesto sobre sociedades
Derecho a la tutela judicial efectiva
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Orden
Administrativo
Especial
Penal
Civil
Social
Ponente
Montero Fernandez, Jose Antonio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Andalucia
TS
Tribunal Militar Central
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Impuesto sobre Sociedades, reinversión de beneficios extraordinarios, artº 42 del
Extinción total del condominio. Sujeción a Actos Jurídicos Documentados.
Dies a quo en relación con el cómputo del plazo para promover tasación pericial contradictoria cuando se haya recurrido la liquidación tributaria con reserva del derecho a instar referida tasación pericial contradictoria.
Dado los términos y el desarrollo argumental que realiza la recurrente en casación, es oportuno advertir que el recurso ordinario de casación encuentra uno de sus límites tradicionales, por lo que aquí interesa, en la imposibilidad de someter a revisión la valoración de la prueba realizada por la Sala de instancia. Por ello, cualquier alegación referida a una desacertada apreciación de la prueba, debe tomar como presupuesto elemental que los medios probatorios aportados al proceso, su valorac
RECAUDACIÓN: COMPENSACIÓN DE DEUDAS Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: RETENCIONES, EJERCICIOS 1990, 1991, 1992 Y 1993.
Impuesto sobre Sociedades, reinversión de beneficios extraordinarios, artº 42 del
Extinción total del condominio. Sujeción a Actos Jurídicos Documentados.
Dies a quo en relación con el cómputo del plazo para promover tasación pericial contradictoria cuando se haya recurrido la liquidación tributaria con reserva del derecho a instar referida tasación pericial contradictoria.
Dado los términos y el desarrollo argumental que realiza la recurrente en casación, es oportuno advertir que el recurso ordinario de casación encuentra uno de sus límites tradicionales, por lo que aquí interesa, en la imposibilidad de someter a revisión la valoración de la prueba realizada por la Sala de instancia. Por ello, cualquier alegación referida a una desacertada apreciación de la prueba, debe tomar como presupuesto elemental que los medios probatorios aportados al proceso, su valorac
RECAUDACIÓN: COMPENSACIÓN DE DEUDAS Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: RETENCIONES, EJERCICIOS 1990, 1991, 1992 Y 1993.