Jurisprudencia por Mir Ruza, Cristina.
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MIR RUZA, CRISTINA
Sentencia CIVIL Nº 669/2020, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1362/2018, 25-06-2020
PRIMERO.-La sentencia de primera instancia, y en relación al préstamo hipotecario suscrito el 9 de mayo de 2007 por D. Jeronimo y Dña. Filomena, como prestatarios y la CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE CÓRDOBA (actualmente CAJASUR BANCO, S.A.U.) como prestamista, acuerda, entre otros pronunciamientos, la nulidad de las cláusulas de vencimiento anticipado y la de gastos y condena, por ello, a restituir la cantidad de 650'81 € abonados.La entidad demandada recurre en apelación
Sentencia CIVIL Nº 997/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1773/2018, 05-12-2019
PRIMERO.- Como quiera que ha sido advertido en el presente Rollo que existe un error en los apellidos de la codemandante Sra. Tomasa (que no es Carla , sino Tomasa , y así consta en la escritura de préstamo y en el encabezamiento de la contestación), conviene subsanar el mismo quedando redactado el fallo de la sentencia apelada en el sentido que a continuación se expone: ' FALLO.- QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Palma, en
Sentencia CIVIL Nº 446/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1161/2018, 06-06-2019
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia, estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan Alberto y Dña. Flora , declara (además de la nulidad de la cláusula suelo y la que fija los intereses de demora, pronunciamientos no impugnados) la nulidad de la cláusula gastos, condenando a CAJA RURAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, S.C.Crédito, a la devolución de todas aquellas cantidades pagadas por aplicación de la referida cláusula referidos a los gastos y en las sumas que especifica, y q
Sentencia CIVIL Nº 1076/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1710/2018, 30-12-2019
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia estima la demanda interpuesta por NATUR TRANS ONTINYENT, S.L., contra la también mercantil APPLE TERRA, S.L., en la que esgrimiendo la prestación del servicio contratado le reclamaba las siete facturas que aporta emitidas en los años 2013 a 2014 (por un importe total de 4.777'47 €), al considerar que la documental aportada (las referidas facturas más los veinte albaranes de porte) junto al hecho de haber quedado acreditada una relación contractual
Sentencia CIVIL Nº 707/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1471/2018, 27-09-2019
PRIMERO.- Frente a la sentencia que, estimando la demanda interpuesta por D. Bernabe y Dña. María Consuelo , declara la nulidad de la cláusula suelo inserta en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 14.8.2012 (por carecer de virtualidad alguna el contrato de novación y de renuncia de fecha 2.9.2015) y condena a CAJASUR BANCO, S.A.U., a restituir a los actores de las cantidad que han abonado en exceso desde que comenzó a ser aplicada dicha cláusula, se alza la demandada.<br
Sentencia CIVIL Nº 43/2020, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 62/2019, 15-01-2020
PRIMERO.-La sentencia de primera instancia declara la procedencia el reintegro solicitado del exceso cobrado en aplicación de la cláusula suelo declarada nula por S. de 25.7.2016 dictada por el Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Córdoba desde la fecha del contrato hasta el 9.5.2013, y la nulidad de la cláusulas que fijan la comisión por reclamación de posiciones deudoras, los gastos y la comisión de apertura contenidas en la escritura de préstamo hipotecario suscrito el 2.5.2008 con Dña
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Sentencia CIVIL Nº 669/2020, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1362/2018, 25-06-2020
PRIMERO.-La sentencia de primera instancia, y en relación al préstamo hipotecario suscrito el 9 de mayo de 2007 por D. Jeronimo y Dña. Filomena, como prestatarios y la CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE CÓRDOBA (actualmente CAJASUR BANCO, S.A.U.) como prestamista, acuerda, entre otros pronunciamientos, la nulidad de las cláusulas de vencimiento anticipado y la de gastos y condena, por ello, a restituir la cantidad de 650'81 € abonados.La entidad demandada recurre en apelación
Sentencia CIVIL Nº 997/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1773/2018, 05-12-2019
PRIMERO.- Como quiera que ha sido advertido en el presente Rollo que existe un error en los apellidos de la codemandante Sra. Tomasa (que no es Carla , sino Tomasa , y así consta en la escritura de préstamo y en el encabezamiento de la contestación), conviene subsanar el mismo quedando redactado el fallo de la sentencia apelada en el sentido que a continuación se expone: ' FALLO.- QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Palma, en
Sentencia CIVIL Nº 446/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1161/2018, 06-06-2019
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia, estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan Alberto y Dña. Flora , declara (además de la nulidad de la cláusula suelo y la que fija los intereses de demora, pronunciamientos no impugnados) la nulidad de la cláusula gastos, condenando a CAJA RURAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, S.C.Crédito, a la devolución de todas aquellas cantidades pagadas por aplicación de la referida cláusula referidos a los gastos y en las sumas que especifica, y q
Sentencia CIVIL Nº 1076/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1710/2018, 30-12-2019
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia estima la demanda interpuesta por NATUR TRANS ONTINYENT, S.L., contra la también mercantil APPLE TERRA, S.L., en la que esgrimiendo la prestación del servicio contratado le reclamaba las siete facturas que aporta emitidas en los años 2013 a 2014 (por un importe total de 4.777'47 €), al considerar que la documental aportada (las referidas facturas más los veinte albaranes de porte) junto al hecho de haber quedado acreditada una relación contractual
Sentencia CIVIL Nº 707/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 1471/2018, 27-09-2019
PRIMERO.- Frente a la sentencia que, estimando la demanda interpuesta por D. Bernabe y Dña. María Consuelo , declara la nulidad de la cláusula suelo inserta en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 14.8.2012 (por carecer de virtualidad alguna el contrato de novación y de renuncia de fecha 2.9.2015) y condena a CAJASUR BANCO, S.A.U., a restituir a los actores de las cantidad que han abonado en exceso desde que comenzó a ser aplicada dicha cláusula, se alza la demandada.<br
Sentencia CIVIL Nº 43/2020, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 62/2019, 15-01-2020
PRIMERO.-La sentencia de primera instancia declara la procedencia el reintegro solicitado del exceso cobrado en aplicación de la cláusula suelo declarada nula por S. de 25.7.2016 dictada por el Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Córdoba desde la fecha del contrato hasta el 9.5.2013, y la nulidad de la cláusulas que fijan la comisión por reclamación de posiciones deudoras, los gastos y la comisión de apertura contenidas en la escritura de préstamo hipotecario suscrito el 2.5.2008 con Dña