Jurisprudencia sobre Liquidación provisional del impuesto.
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Liquidación provisional del impuesto
Impuesto sobre el Valor Añadido
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Procedimiento de comprobación de valores
Actividades económicas
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Gallego Laguna, Jose Alberto
Zarzalejos Burguillo, Jose Ignacio
Ornosa Fernandez, Maria Rosario
De La Peña Elias, Antonia
Ruiz Ballesteros, Daniel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Conclusiones
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias, relativa a Impuesto sobre Sociedades. La Ley establece que en el supuesto de devoluciones tributarias el sujeto pasivo deberá exhibir, si fuera requerido para ello, los registros y documentos establecidos por las normas tributarias, al objeto de que la Administración tributaria pueda constatar si los datos declarados coinciden con los que figuran en lo
Se desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias en materia liquidación provisional del IVA. Manifiesta que el plazo máximo de los procedimientos de gestión es de seis meses, salvo que la normativa fije un plazo distinto, siendo los efectos de la inobservancia del plazo no la caducidad de la acción, sino la posibilidad de reclamar en queja la actuación de la Administración. Las liquidaciones provisionales
Se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias, relativo a Impuesto sobre Sociedades. No procede imponer una sanción tributaria a la empresa recurrente porque, de acuerdo con la normativa tributaria, "las acciones u omisiones tipificadas en las leyes no darán lugar a responsabilidad por infracción tributaria cuando se haya puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligacion
PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución denegatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación paralela por el IRPF. La Sala declara que ha de jugar a favor del esposo de la demandante la presunción, no destruida por prueba en contrario, de residencia en territorio nacional, presunción que encuentra su base en la circunstancia de que su cónyuge reside habitualmente en España, tomando aquel ese domicilio familiar como propio en sus declaraciones tributarias d
Se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación complementaria por el IRPF. La Sala declara que ha de jugar a favor del demandante la presunción, no destruida por prueba en contrario, de residencia en territorio nacional, presunción que encuentra su base en la circunstancia de que su cónyuge reside habitualmente en España, tomando aquel ese domicilio familiar como propio en sus declaraciones tributarias del I
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación por el IVA. La Sala declara que no sólo no se dedujeron correctamente en el año 2000 las cuotas soportadas en 1999, sino que no se regularizaron las declaraciones de acuerdo con el resultado de la liquidación provisional practicada por dicho ejercicio, por lo que ningún reproche puede hacerse a la liquidación practicada.
Confirma el TSJ la liquidación girada a la entidad mercantil recurrente en concepto de IVA, pues habida cuenta que el derecho a la deducción en dicho tributo sólo procede en la medida en que los bienes o servicios, cuya adquisición o importación determinen el derecho a la deducción, se utilicen por el sujeto pasivo en entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas y no exentas del IVA, establece que, en el caso de autos, no se trata de una entrega de bienes sujeta y no exenta del IVA,
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias, relativa a Impuesto sobre Sociedades. La Ley establece que en el supuesto de devoluciones tributarias el sujeto pasivo deberá exhibir, si fuera requerido para ello, los registros y documentos establecidos por las normas tributarias, al objeto de que la Administración tributaria pueda constatar si los datos declarados coinciden con los que figuran en lo
Se desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias en materia liquidación provisional del IVA. Manifiesta que el plazo máximo de los procedimientos de gestión es de seis meses, salvo que la normativa fije un plazo distinto, siendo los efectos de la inobservancia del plazo no la caducidad de la acción, sino la posibilidad de reclamar en queja la actuación de la Administración. Las liquidaciones provisionales
Se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias, relativo a Impuesto sobre Sociedades. No procede imponer una sanción tributaria a la empresa recurrente porque, de acuerdo con la normativa tributaria, "las acciones u omisiones tipificadas en las leyes no darán lugar a responsabilidad por infracción tributaria cuando se haya puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligacion
PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución denegatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación paralela por el IRPF. La Sala declara que ha de jugar a favor del esposo de la demandante la presunción, no destruida por prueba en contrario, de residencia en territorio nacional, presunción que encuentra su base en la circunstancia de que su cónyuge reside habitualmente en España, tomando aquel ese domicilio familiar como propio en sus declaraciones tributarias d
Se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación complementaria por el IRPF. La Sala declara que ha de jugar a favor del demandante la presunción, no destruida por prueba en contrario, de residencia en territorio nacional, presunción que encuentra su base en la circunstancia de que su cónyuge reside habitualmente en España, tomando aquel ese domicilio familiar como propio en sus declaraciones tributarias del I
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Asturias, sobre liquidación por el IVA. La Sala declara que no sólo no se dedujeron correctamente en el año 2000 las cuotas soportadas en 1999, sino que no se regularizaron las declaraciones de acuerdo con el resultado de la liquidación provisional practicada por dicho ejercicio, por lo que ningún reproche puede hacerse a la liquidación practicada.
Confirma el TSJ la liquidación girada a la entidad mercantil recurrente en concepto de IVA, pues habida cuenta que el derecho a la deducción en dicho tributo sólo procede en la medida en que los bienes o servicios, cuya adquisición o importación determinen el derecho a la deducción, se utilicen por el sujeto pasivo en entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas y no exentas del IVA, establece que, en el caso de autos, no se trata de una entrega de bienes sujeta y no exenta del IVA,