Jurisprudencia sobre Lindero.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Romero Costas, Francisco Javier
Lopez Garre, Maria Dolores
Gutierrez Rodriguez-moldes, Antonio Juan
Rives Seva, Jose Maria
Esain Manresa, Jaime
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Otros
Considera la Sala que es imposible identificar cual sea la finca propiedad de los actores y menos aún, que se encuentro dentro de la valla levantada por el demandado, es más , como resultó del interrogatorio, ni siquiera los actores sabe donde s encuentra, pues hace mucho tiempo que no van por el lugar , incluso ya el abuelo por la edad y el padre por estar enfermo, apenas iban, por todo lo expuesto, al no existir coincidencia entre los distintos planos, nº de parcelas, superficies y li
ACCION REIVINDICATORIA.- No es clara la extensión y delimitación de la finca de la actora, pues no es posible fijar indubitadamente las lindes por la parte delantera.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Benavente, sobre acción reivindicatoria.
La Sala declara que es lógico inferir de la valoración conjunta de la pru
Considera la Sala que es imposible identificar cual sea la finca propiedad de los actores y menos aún, que se encuentro dentro de la valla levantada por el demandado, es más , como resultó del interrogatorio, ni siquiera los actores sabe donde s encuentra, pues hace mucho tiempo que no van por el lugar , incluso ya el abuelo por la edad y el padre por estar enfermo, apenas iban, por todo lo expuesto, al no existir coincidencia entre los distintos planos, nº de parcelas, superficies y li
ACCION REIVINDICATORIA.- No es clara la extensión y delimitación de la finca de la actora, pues no es posible fijar indubitadamente las lindes por la parte delantera.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Benavente, sobre acción reivindicatoria.
La Sala declara que es lógico inferir de la valoración conjunta de la pru