Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, sobre responsabilidad civil de Abogados. El objeto del proceso de instancia no es el de resolver sobre la fuerza ejecutiva de una letra de cambio en la que no figura el tomador, sino la de determinar si al abogado demandado incurrió en responsabilidad civil al ejercitar la acción ejecutiva fundándose en una letra que se hallaba en tales condicio
En el supuesto que es ahora objeto de recurso no sólo se halla la actora en posesión de las letras de cambio cuyo importe reclama al demandado, sino que no se ha aportado por éste prueba que justifique el pago de la deuda contraiga con a aceptación de aquéllos. Tal conclusión viene reforzada por las demás circunstancias que detalla la resolución apelada: en las notas de pedido se hizo construir que el pago se realizaría mediante libramiento de letras de cambio con vencim
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
NULIDAD DE JUICIO EJECUTIVO.
El objeto del recurso se circunscribe a las dos excepciones que determinaron la nulidad del juicio en primera instancia:
1º.Carencia de fuerza ejecutiva de las letras objeto de ejecución, por no haber cumplido los requisitos fiscales para que puedan ser considerados como títulos ejecutivos, fundamento que se estima.
2º. Extinción del crédito cambiario, al resolver
03014370082008100062 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Alicante/Alacant Sección: 8 Nº de Resolución: 88/2008 Fecha de Resolución: 21/02/2008 Nº de Recurso: 54/2008 Jurisdicción: Civil Ponente: LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, sobre responsabilidad civil de Abogados. El objeto del proceso de instancia no es el de resolver sobre la fuerza ejecutiva de una letra de cambio en la que no figura el tomador, sino la de determinar si al abogado demandado incurrió en responsabilidad civil al ejercitar la acción ejecutiva fundándose en una letra que se hallaba en tales condicio
En el supuesto que es ahora objeto de recurso no sólo se halla la actora en posesión de las letras de cambio cuyo importe reclama al demandado, sino que no se ha aportado por éste prueba que justifique el pago de la deuda contraiga con a aceptación de aquéllos. Tal conclusión viene reforzada por las demás circunstancias que detalla la resolución apelada: en las notas de pedido se hizo construir que el pago se realizaría mediante libramiento de letras de cambio con vencim
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
NULIDAD DE JUICIO EJECUTIVO.
El objeto del recurso se circunscribe a las dos excepciones que determinaron la nulidad del juicio en primera instancia:
1º.Carencia de fuerza ejecutiva de las letras objeto de ejecución, por no haber cumplido los requisitos fiscales para que puedan ser considerados como títulos ejecutivos, fundamento que se estima.
2º. Extinción del crédito cambiario, al resolver
03014370082008100062 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Alicante/Alacant Sección: 8 Nº de Resolución: 88/2008 Fecha de Resolución: 21/02/2008 Nº de Recurso: 54/2008 Jurisdicción: Civil Ponente: LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia