Jurisprudencia sobre Letra de cambio.

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Letra de cambio
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Sentencia Civil Nº 165/2013, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 328/2012, 21-06-2013

Orden: Civil


Tribunal: AP - Almeria


Ponente: MARTINEZ, LAUREANO FRANCISCO CLEMENTE


Nº de sentencia: 165/2013



PRIMERO .- La sentencia de instancia desestima la demanda de oposición cambiaria, articulada por la oposicionista frente a la acción cambiaria deducida en su contra, en reclamación de una letra de cambio por importe de 3.000 euros y vencimiento el 15 de junio de 2010, en la que aparece como librador el demandante cambiario y como aceptante la oposicionista, si bien en el titulo cambiario no se designa el tomador, habiendo ordenado el Juzgado que la ejecución siga por la cantidad reclamada en
Sentencia Civil Nº 106/2014, AP - Malaga, Sec. 4, Rec 980/2011, 06-03-2014

Orden: Civil


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: MARTIN DELGADO, ALEJANDRO


Nº de sentencia: 106/2014



PRIMERO.- Resumen de antecedentes.En el presente proceso se ejercita por la parte demandante, don Casimiro y doña Rebeca , una acción personal con una plural pretensión: 1.- La resolución de los dos contratosde compraventa de fechas 10 y 11 de julio de 2003 concertados entre aquellos y la demandada doña Milagrosa , en nombre y representación de la entidad mercantil promotora codemandada HIERROMAR DE PROMOCIONES 2003, S.L., en sus respectivas posiciones de compradores y vendedora, ten
Sentencia Civil Nº 312/2012, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 322/2011, 14-12-2012

Orden: Civil


Tribunal: AP - Almeria


Ponente: MARTINEZ, LAUREANO FRANCISCO CLEMENTE


Nº de sentencia: 312/2012



PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la oposición formulada por Marco Antonio , frente a la acción cambiaria deducida en su contra por Expovivienda, SL, en reclamación de una letra de cambio por un importe de 23.809,30 euros de la cual es legítima tenedora por endoso y que resulto impagada a su vencimiento. La parte recurrente reproduce en esta alzada el motivo de oposición que fue desestimado en la sentencia de instancia y que se concreta en la falta de provisión de fondos, además
Sentencia Civil Nº 21/2014, AP - Valencia, Sec. 11, Rec 412/2013, 28-01-2014

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: GIMENEZ MURRIA, ALEJANDRO FRANCISCO


Nº de sentencia: 21/2014



Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida, y.PRIMERO. - Este procedimiento se inició por la demandante en reclamación de la suma de 11.235,41 euros y en solicitud de la condena solidaria a todos los demandados, en base al contrato con garantía de compra en exclusiva de mercaderías, celebrado con la mercantil demandada el 8 de junio de 2007, reclamación derivada del incumplimiento del referido contrato. Habiéndose dictado Sentencia estimando la demanda, por la
Sentencia Civil Nº 582/2013, AP - Malaga, Sec. 5, Rec 1098/2011, 20-11-2013

Orden: Civil


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: MELERO CLAUDIO, INMACULADA


Nº de sentencia: 582/2013



PRIMERO .- Frente a la resolución pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de los de Málaga, se alza el apelante DON Modesto alegando los siguientes motivos de impugnación: 1º.- Infracción de lo prevenido en los apartados 2 º, 3 º y 7º del artículo 217 de la LEC y los artículos <rel id="7499513_119204" uri="http://poolparty.ib
Sentencia CIVIL Nº 34/2018, JM Bilbao, Sec. 2, Rec 114/2017, 05-02-2018

Orden: Civil


Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Bilbao


Ponente: AHEDO PEÑA, OLGA


Nº de sentencia: 34/2018




Sentencia Civil Nº 437/2004, AP - Madrid, Sec. 14, Rec 75/2003, 25-05-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: CAMAZON LINACERO, AMPARO


Nº de sentencia: 437/2004



Considera la Sala que Ha existido un contrato subyacente válido y no atacado por los demandados por el cauce procesal correspondiente, pues no basta con manifestar, por vía de excepción, que no es préstamo hipotecario y no se determina el tipo de interés careciendo de cláusula de amortización anticipada y documentado de mala fe por la parte actora con evidente afán de lucro desmesurado en perjuicio de los demandados, ya que no por ello deja ser un préstamo personal con intereses pactados

Sentencia Civil Nº 207/2004, AP - Madrid, Sec. 20, Rec 728/2002, 05-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: SEBASTIAN MONTERO, ALMUDENA TERESA


Nº de sentencia: 207/2004



Considera la Sala que de la prueba practicada en autos se deriva que la actora aparece en las cambiales como libradora de las mismas. A este respecto mantiene el apelante que fueron aceptadas en blanco, pero tal y como muy bien señala la resolución recurrida la propia Ley Cambiaria y del Cheque, admite de forma expresa la existencia y validez de la llamada letra en blanco, estableciendo en su artí

Sentencia Civil Nº 208/2004, AP - Madrid, Sec. 14, Rec 620/2002, 08-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: QUECEDO ARACIL, PABLO


Nº de sentencia: 208/2004



Considera la Sala que tratándose de una póliza de afianzamiento de operaciones mercantiles, con fianza solidaria de los fiadores y el deudor principal según la cláusula 3ª de la póliza, dicho esta que no existe litisconsorcio: el litisconsorcio y la solidaridad son instituciones incompatibles. El acreedor siempre tendrá libre la acción contra el deudor solidario no demandado, hasta que cobre la totalidad de las cantidades adeudadas.

Sentencia Civil Nº 83/2004, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 400/2002, 30-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: CARRASCO LOPEZ, ROSA MARIA


Nº de sentencia: 83/2004



Está probado en autos que la letra está en poder de la tomadora, la entidad, quien la presentó al cobró mediante el Sistema de Compensación Bancaria al estar aquélla domiciliada, habiendo sido devuelta sin abonar por orden de la libradora aceptante.

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Sentencia Civil Nº 165/2013, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 328/2012, 21-06-2013

Orden: Civil


Tribunal: AP - Almeria


Ponente: MARTINEZ, LAUREANO FRANCISCO CLEMENTE


Nº de sentencia: 165/2013



PRIMERO .- La sentencia de instancia desestima la demanda de oposición cambiaria, articulada por la oposicionista frente a la acción cambiaria deducida en su contra, en reclamación de una letra de cambio por importe de 3.000 euros y vencimiento el 15 de junio de 2010, en la que aparece como librador el demandante cambiario y como aceptante la oposicionista, si bien en el titulo cambiario no se designa el tomador, habiendo ordenado el Juzgado que la ejecución siga por la cantidad reclamada en
Sentencia Civil Nº 106/2014, AP - Malaga, Sec. 4, Rec 980/2011, 06-03-2014

Orden: Civil


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: MARTIN DELGADO, ALEJANDRO


Nº de sentencia: 106/2014



PRIMERO.- Resumen de antecedentes.En el presente proceso se ejercita por la parte demandante, don Casimiro y doña Rebeca , una acción personal con una plural pretensión: 1.- La resolución de los dos contratosde compraventa de fechas 10 y 11 de julio de 2003 concertados entre aquellos y la demandada doña Milagrosa , en nombre y representación de la entidad mercantil promotora codemandada HIERROMAR DE PROMOCIONES 2003, S.L., en sus respectivas posiciones de compradores y vendedora, ten
Sentencia Civil Nº 312/2012, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 322/2011, 14-12-2012

Orden: Civil


Tribunal: AP - Almeria


Ponente: MARTINEZ, LAUREANO FRANCISCO CLEMENTE


Nº de sentencia: 312/2012



PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la oposición formulada por Marco Antonio , frente a la acción cambiaria deducida en su contra por Expovivienda, SL, en reclamación de una letra de cambio por un importe de 23.809,30 euros de la cual es legítima tenedora por endoso y que resulto impagada a su vencimiento. La parte recurrente reproduce en esta alzada el motivo de oposición que fue desestimado en la sentencia de instancia y que se concreta en la falta de provisión de fondos, además
Sentencia Civil Nº 21/2014, AP - Valencia, Sec. 11, Rec 412/2013, 28-01-2014

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: GIMENEZ MURRIA, ALEJANDRO FRANCISCO


Nº de sentencia: 21/2014



Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida, y.PRIMERO. - Este procedimiento se inició por la demandante en reclamación de la suma de 11.235,41 euros y en solicitud de la condena solidaria a todos los demandados, en base al contrato con garantía de compra en exclusiva de mercaderías, celebrado con la mercantil demandada el 8 de junio de 2007, reclamación derivada del incumplimiento del referido contrato. Habiéndose dictado Sentencia estimando la demanda, por la
Sentencia Civil Nº 582/2013, AP - Malaga, Sec. 5, Rec 1098/2011, 20-11-2013

Orden: Civil


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: MELERO CLAUDIO, INMACULADA


Nº de sentencia: 582/2013



PRIMERO .- Frente a la resolución pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de los de Málaga, se alza el apelante DON Modesto alegando los siguientes motivos de impugnación: 1º.- Infracción de lo prevenido en los apartados 2 º, 3 º y 7º del artículo 217 de la LEC y los artículos <rel id="7499513_119204" uri="http://poolparty.ib
Sentencia CIVIL Nº 34/2018, JM Bilbao, Sec. 2, Rec 114/2017, 05-02-2018

Orden: Civil


Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Bilbao


Ponente: AHEDO PEÑA, OLGA


Nº de sentencia: 34/2018




Sentencia Civil Nº 437/2004, AP - Madrid, Sec. 14, Rec 75/2003, 25-05-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: CAMAZON LINACERO, AMPARO


Nº de sentencia: 437/2004



Considera la Sala que Ha existido un contrato subyacente válido y no atacado por los demandados por el cauce procesal correspondiente, pues no basta con manifestar, por vía de excepción, que no es préstamo hipotecario y no se determina el tipo de interés careciendo de cláusula de amortización anticipada y documentado de mala fe por la parte actora con evidente afán de lucro desmesurado en perjuicio de los demandados, ya que no por ello deja ser un préstamo personal con intereses pactados

Sentencia Civil Nº 207/2004, AP - Madrid, Sec. 20, Rec 728/2002, 05-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: SEBASTIAN MONTERO, ALMUDENA TERESA


Nº de sentencia: 207/2004



Considera la Sala que de la prueba practicada en autos se deriva que la actora aparece en las cambiales como libradora de las mismas. A este respecto mantiene el apelante que fueron aceptadas en blanco, pero tal y como muy bien señala la resolución recurrida la propia Ley Cambiaria y del Cheque, admite de forma expresa la existencia y validez de la llamada letra en blanco, estableciendo en su artí

Sentencia Civil Nº 208/2004, AP - Madrid, Sec. 14, Rec 620/2002, 08-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: QUECEDO ARACIL, PABLO


Nº de sentencia: 208/2004



Considera la Sala que tratándose de una póliza de afianzamiento de operaciones mercantiles, con fianza solidaria de los fiadores y el deudor principal según la cláusula 3ª de la póliza, dicho esta que no existe litisconsorcio: el litisconsorcio y la solidaridad son instituciones incompatibles. El acreedor siempre tendrá libre la acción contra el deudor solidario no demandado, hasta que cobre la totalidad de las cantidades adeudadas.

Sentencia Civil Nº 83/2004, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 400/2002, 30-03-2004

Orden: Civil


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: CARRASCO LOPEZ, ROSA MARIA


Nº de sentencia: 83/2004



Está probado en autos que la letra está en poder de la tomadora, la entidad, quien la presentó al cobró mediante el Sistema de Compensación Bancaria al estar aquélla domiciliada, habiendo sido devuelta sin abonar por orden de la libradora aceptante.

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