Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, sobre Juicio Cambiario. La Sala evidencia en el presente caso que si bien consta y se ha acreditado por la sociedad demandada, que llegó a un acuerdo con la entidad demandante, a fin de proceder a la devolución de las letras, no consta ni una sola prueba, ni si quiera indiciaria que la entidad financiera a la que se entregaron las letras de cambio para su desc
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria dictada Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Móstoles, sobre reclamación de cantidad de letra de cambio. Antes de presentar la demanda se le advirtió a la parte demandante que carecía de un requisito formal que hacía inválido el documento, pudiendo haber optado la actora por otro procedimiento y no podemos olvidar que la letra de cambio es un documento litero-suficiente y que, por ello, sus defectos no pueden ser subsanados
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid en procedimiento cambiario. Se confirma la sentencia que estimaba la acción cambiaria, puesto que no se acredita, teniendo el demandado la carga de la prueba la extinción del crédito cambiario, ni el pago alegado por éste. Argumenta la Sala que la única forma de extinguir la obligación cambiaria, es el pago en debida forma, es decir de manera total y al legítimo te
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, sobre Juicio Cambiario. La Sala evidencia en el presente caso que si bien consta y se ha acreditado por la sociedad demandada, que llegó a un acuerdo con la entidad demandante, a fin de proceder a la devolución de las letras, no consta ni una sola prueba, ni si quiera indiciaria que la entidad financiera a la que se entregaron las letras de cambio para su desc
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria dictada Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Móstoles, sobre reclamación de cantidad de letra de cambio. Antes de presentar la demanda se le advirtió a la parte demandante que carecía de un requisito formal que hacía inválido el documento, pudiendo haber optado la actora por otro procedimiento y no podemos olvidar que la letra de cambio es un documento litero-suficiente y que, por ello, sus defectos no pueden ser subsanados
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid en procedimiento cambiario. Se confirma la sentencia que estimaba la acción cambiaria, puesto que no se acredita, teniendo el demandado la carga de la prueba la extinción del crédito cambiario, ni el pago alegado por éste. Argumenta la Sala que la única forma de extinguir la obligación cambiaria, es el pago en debida forma, es decir de manera total y al legítimo te