Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que al firmar el pagaré, aunque hubiera actuado, como afirma, en representación de la sociedad de la que es administrador, lo que no tiene que ser necesariamente así, ya que pudo ser su intención la de obligarse personalmente y, de hecho, no deja de ser usual en el tráfico mercantil que algún socio, ante la deficitaria situación económica que pueda estar atravesando la sociedad a la que pertenece.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Sevilla, sobre cumplimiento del contrato de compraventa.
Desde que el bien objeto del proceso fue ejecutado y cedido en remate a los adjudicatarios, el contrato de compraventa perdió su virtualidad y devino ineficaz por carencia sobrevenida de objeto; de ahí que la parte actora carezca de acción para exigir el importe de varias letras de cambio impagas libradas por el demandado, para
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Sevilla, sobre falta de legitimación pasiva. Las alegaciones de la apelante referentes a impugnar su legitimación pasiva al haber aceptado la letra no a título y obligación personal sino en representación de la entidad citada y siendo ésta la única que mantuvo relaciones con la ejecutante, no pueden ser acogidas ya que si el aceptante no expresa la antefirma
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca, sobre acción de oposición a ejecución.
Como único motivo de impugnación se alega error en la valoración de las pruebas en la sentencia de instancia, por cuando a su entender quedó acreditada la existencia de un acuerdo de devolución de mercancías, que tenía como finalidad que la ejecutada no tuviera que atender el pagaré de vencimiento. Sin embargo, en contra de lo alegado
Se desestima el recurso de apelación de la demandante y se desestima la impugnación de la demandada, interpuestos contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Salamanca, sobre reclamación de cantidad. Se ha acreditado que la demandada apelante organizó el campeonato del año 2002 en las instalaciones de la demandante. También se ha reconocido que no se ha entregado cantidad alguna para pago de tal contraprestación, ni cuando se requirió de pago de manera
PAGARE Idioma: Español
MATERIAS NO ESPECIFICADAS Idioma: Español
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que al firmar el pagaré, aunque hubiera actuado, como afirma, en representación de la sociedad de la que es administrador, lo que no tiene que ser necesariamente así, ya que pudo ser su intención la de obligarse personalmente y, de hecho, no deja de ser usual en el tráfico mercantil que algún socio, ante la deficitaria situación económica que pueda estar atravesando la sociedad a la que pertenece.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Sevilla, sobre cumplimiento del contrato de compraventa.
Desde que el bien objeto del proceso fue ejecutado y cedido en remate a los adjudicatarios, el contrato de compraventa perdió su virtualidad y devino ineficaz por carencia sobrevenida de objeto; de ahí que la parte actora carezca de acción para exigir el importe de varias letras de cambio impagas libradas por el demandado, para
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Sevilla, sobre falta de legitimación pasiva. Las alegaciones de la apelante referentes a impugnar su legitimación pasiva al haber aceptado la letra no a título y obligación personal sino en representación de la entidad citada y siendo ésta la única que mantuvo relaciones con la ejecutante, no pueden ser acogidas ya que si el aceptante no expresa la antefirma
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca, sobre acción de oposición a ejecución.
Como único motivo de impugnación se alega error en la valoración de las pruebas en la sentencia de instancia, por cuando a su entender quedó acreditada la existencia de un acuerdo de devolución de mercancías, que tenía como finalidad que la ejecutada no tuviera que atender el pagaré de vencimiento. Sin embargo, en contra de lo alegado
Se desestima el recurso de apelación de la demandante y se desestima la impugnación de la demandada, interpuestos contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Salamanca, sobre reclamación de cantidad. Se ha acreditado que la demandada apelante organizó el campeonato del año 2002 en las instalaciones de la demandante. También se ha reconocido que no se ha entregado cantidad alguna para pago de tal contraprestación, ni cuando se requirió de pago de manera
PAGARE Idioma: Español
MATERIAS NO ESPECIFICADAS Idioma: Español