Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Administradora que permite la desaparición de hecho de la Sociedad, sin acudir a las medidas oportunas para su disolución y ordenada liquidación.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia estimatoria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, sobre reclamación de cantidad.
La Sala declara que la jurisprudencia ha señalado que la desaparición de h
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Sala señala que la parte ejecutada no ha desvirtuado en absoluto las alegaciones efectuadas por la empresa ejecutante, cuya Administradora afirmó en el interrogatorio practicado que se realizaron efectivamente trabajos y que para el cobro de parte de su importe se libraron las letras de cambio, aceptándose la firma de la demandada porque era solvente.
La AP señala que la figura del comodato es introducida por la parte demandada, quien pretende se declare que el uso de la vivienda lo es a titulo de comodato; y por otra parte, se declare extinguido ese comodato por necesidad del comodante para su hija. La Sentencia estima parcialmente la demanda reconvencional declarando que los actores poseen la vivienda a título de comodato, pero señala que no procede la restitución de la vivienda a los propietarios por la causa invocada.<
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Administradora que permite la desaparición de hecho de la Sociedad, sin acudir a las medidas oportunas para su disolución y ordenada liquidación.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia estimatoria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, sobre reclamación de cantidad.
La Sala declara que la jurisprudencia ha señalado que la desaparición de h
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Sala señala que la parte ejecutada no ha desvirtuado en absoluto las alegaciones efectuadas por la empresa ejecutante, cuya Administradora afirmó en el interrogatorio practicado que se realizaron efectivamente trabajos y que para el cobro de parte de su importe se libraron las letras de cambio, aceptándose la firma de la demandada porque era solvente.
La AP señala que la figura del comodato es introducida por la parte demandada, quien pretende se declare que el uso de la vivienda lo es a titulo de comodato; y por otra parte, se declare extinguido ese comodato por necesidad del comodante para su hija. La Sentencia estima parcialmente la demanda reconvencional declarando que los actores poseen la vivienda a título de comodato, pero señala que no procede la restitución de la vivienda a los propietarios por la causa invocada.<