Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS CAMBIARIO
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vigo, sobre incumplimiento contractual. Por el hecho de emitir los pagarés, la recurrente es quien ha de acreditar que la relación jurídica obligacional generadora de los efectos ejecutados, ha sido radicalmente incumplida por la ejecutante y, en el caso presente, ni se ha acreditado por el demandado que no ha existido provisión respecto a algunos de los títu
La AP desestima el recurso de apelación de la parte recurrente. La Sala señala que en el derecho al reintegro está condicionado a que el Banco descontante no omita los actos de conservación de los derechos para evitar que el crédito prescriba o se perjudique. De manera que cuando el cliente pierde por culpa del Banco cualquier derecho que hubiera tenido si fuera titular del crédito, se aplica el párrafo 2º del artículo
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS CAMBIARIO
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vigo, sobre incumplimiento contractual. Por el hecho de emitir los pagarés, la recurrente es quien ha de acreditar que la relación jurídica obligacional generadora de los efectos ejecutados, ha sido radicalmente incumplida por la ejecutante y, en el caso presente, ni se ha acreditado por el demandado que no ha existido provisión respecto a algunos de los títu
La AP desestima el recurso de apelación de la parte recurrente. La Sala señala que en el derecho al reintegro está condicionado a que el Banco descontante no omita los actos de conservación de los derechos para evitar que el crédito prescriba o se perjudique. De manera que cuando el cliente pierde por culpa del Banco cualquier derecho que hubiera tenido si fuera titular del crédito, se aplica el párrafo 2º del artículo