Jurisprudencia sobre Legados.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Absuelve
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Pérez Sanz, María Begoña
Fuentes Candelas, Carlos
Conde Nuñez, Manuel
Cremades Morant, Juan Bautista
O'callaghan Muñoz, Xavier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Interponen recurso de apelación la demandada-reconviniente insistiendo en la nulidad del legado sobre el piso, sito en la ciudad de Santiago, basándose tal nulidad en que tal piso había sido ya donado en el convenio regulador de 27.1.1994, recogido en la sentencia de separación de 24 de junio de 1994.El motivo no puede prosperar, quiérase o no el art. <rel id="7499513_118696" uri="http://poolparty.iberley.es/Legisl
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
A la actora le fueron legados determinados bienes, si bien se trata de un legado condicional, está sujeto a la condición de que la legataria atienda al cuidado y asistencia del testador y de su esposa, cuidándoles y atendiéndoles, conforme a costumbre, hasta el fallecimiento de ambos, y si incumple la condición impuesta será sustituida, por aquél de sus hermanos, con preferencia del mayor sobre el menor, que cumpla la condición; por lo que lo lógico seria esperar el falle
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Interponen recurso de apelación la demandada-reconviniente insistiendo en la nulidad del legado sobre el piso, sito en la ciudad de Santiago, basándose tal nulidad en que tal piso había sido ya donado en el convenio regulador de 27.1.1994, recogido en la sentencia de separación de 24 de junio de 1994.El motivo no puede prosperar, quiérase o no el art. <rel id="7499513_118696" uri="http://poolparty.iberley.es/Legisl
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
A la actora le fueron legados determinados bienes, si bien se trata de un legado condicional, está sujeto a la condición de que la legataria atienda al cuidado y asistencia del testador y de su esposa, cuidándoles y atendiéndoles, conforme a costumbre, hasta el fallecimiento de ambos, y si incumple la condición impuesta será sustituida, por aquél de sus hermanos, con preferencia del mayor sobre el menor, que cumpla la condición; por lo que lo lógico seria esperar el falle