Jurisprudencia de Juzgado de Menores - Lleida.
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Año
2014
2015
2013
2012
Sentido del fallo
Condena
Absuelve
Estima
Orden
Penal
Ponente
Garcia Del Ordi, Esperanza
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
Juzgado de Menores - Lleida
Búsqueda: Tribunal
Juzgado de Menores - Lleida
Sentencia Penal Nº 139/2012, JME Lleida, Sec. 1, Rec 120/2012, 18-10-2012
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido valorando la prueba practicada en el acto de la audiencia conforme a los principios de inmediación,oralidad y contradicción.El acusado no negó su presencia en el lugar de los hechos en el momento en el que estos se producen,limitándose a afirmar que él,que vió lo que sucedía,lo único que hizo fue coger del suelo un colgante cuando,tras arrancar otras personas las cadenas del cuello de la denunciante,vió cómo se caía aquél,saliendo
Sentencia Penal Nº 24/2014, JME Lleida, Sec. 1, Rec 176/2013, 07-02-2014
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido valorando la prueba practicada en el acto de la audiencia conforme a los principios de inmediación,oralidad y contradicción.Pese a la versión ofrecida por el acusado,quien señaló que se hallaba en su casa durmiendo,de la valoración de la pruebas practicadas puede considerarse acreditado que el menor cometió los hechos por los que el Ministerio Fiscal ha formulado su acusación.A dicha conclusión se llega a la vista de la declaración
Sentencia Penal Nº 1/2014, JME Lleida, Sec. 1, Rec 145/2013, 09-01-2014
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido teniendo en cuenta el reconocimiento de los hechos realizado por el propio menor acusado,que en el acto del juicio manifestó ser ciertos los hechos que describió la acusación en su escrito de alegaciones.El Letrado del menor mostró también su conformidad.SEGUNDO.- Los hechos son constitutivos de un delito de robo con intimidación y una falta de malos tratos,previstos y penados respectivamente en los arts.242.1 y <rel id="19
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Juzgado de Menores - Lleida
Sentencia Penal Nº 139/2012, JME Lleida, Sec. 1, Rec 120/2012, 18-10-2012
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido valorando la prueba practicada en el acto de la audiencia conforme a los principios de inmediación,oralidad y contradicción.El acusado no negó su presencia en el lugar de los hechos en el momento en el que estos se producen,limitándose a afirmar que él,que vió lo que sucedía,lo único que hizo fue coger del suelo un colgante cuando,tras arrancar otras personas las cadenas del cuello de la denunciante,vió cómo se caía aquél,saliendo
Sentencia Penal Nº 24/2014, JME Lleida, Sec. 1, Rec 176/2013, 07-02-2014
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido valorando la prueba practicada en el acto de la audiencia conforme a los principios de inmediación,oralidad y contradicción.Pese a la versión ofrecida por el acusado,quien señaló que se hallaba en su casa durmiendo,de la valoración de la pruebas practicadas puede considerarse acreditado que el menor cometió los hechos por los que el Ministerio Fiscal ha formulado su acusación.A dicha conclusión se llega a la vista de la declaración
Sentencia Penal Nº 1/2014, JME Lleida, Sec. 1, Rec 145/2013, 09-01-2014
PRIMERO. -Los hechos declarados probados lo han sido teniendo en cuenta el reconocimiento de los hechos realizado por el propio menor acusado,que en el acto del juicio manifestó ser ciertos los hechos que describió la acusación en su escrito de alegaciones.El Letrado del menor mostró también su conformidad.SEGUNDO.- Los hechos son constitutivos de un delito de robo con intimidación y una falta de malos tratos,previstos y penados respectivamente en los arts.242.1 y <rel id="19