Jurisprudencia sobre Jubilación parcial.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Jubilación parcial
Contrato de relevo
Prestación de jubilación
Convenio colectivo
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Garcia Paredes, Maria Luz
Benito-butrón Ochoa, Juan Carlos
Colino Rey, Adolfo Matias
Gan Busto, Maria Del Mar
Moralo Gallego, Sebastian
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Búsqueda: Voces
Jubilación parcial
Sentencia Social Nº 1498/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 151/2016, 06-03-2016
ÚNICO.- Contra la sentencia de instancia se alza el letrado del HOSPITAL CLÍNIC I PROVINCIAL DE BARCELONA invocando como único motivo, de conformidad con lo dispuesto en el
art. 193.c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , la infracción de los
arts. 53.4 y 55.5 del <rel
Sentencia Social Nº 7440/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4469/2015, 13-12-2015
PRIMERO.-La sentencia desestimó la demanda formulada por doña
Josefina en la que postulaba el abono de diferencia de premio de jubilación en la suma de 14.369,64 euros, que resulta de la resta de los 2.4459,20 euros que ya le había abonado la empresa a los 16.820,84 euros (siete mensualidades por cada 5 años de servicio), que se afirma se habían efectivamente lucrado.
Para la solución del debate consideró la sentencia que no existía norma convencional o condición mas benefici
Sentencia Social Nº 7070/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5391/2015, 26-11-2015
PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia se alza la letrada de la Generalitat de Catalunya, en defensa y representación del DEPARTAMENTO DE JUSTICIA con objeto de que se repongan los autos al estado en que se encontraban en el momento de haberse infringido normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión, alegando de conformidad con lo dispuesto en el
art. 193.a) de la Ley R
Sentencia Social Nº 2259/2015, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1902/2015, 23-11-2015
PRIMERO.- La empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, SA recurre en suplicación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de San Sebastián que ha declaro la nulidad del despido de la trabajadora Dª
Ángela el día 16 de enero de 2015.
Basa su recurso en los motivos previstos en las
letras b ) y
c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social .
</
Sentencia Social Nº 161/2016, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1271/2015, 25-02-2016
PRIMERO.- La parte demandante interesaba que se condenara a la demandada a abonarle las diferencias salariales por razón de complemento específico y de destino. La sentencia de instancia estimó la pretensión de la parte actora, alzándose frente a la misma mediante el presente recurso de suplicación AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA articulado a través de motivos de censura fáctica y jurídica. El recurso ha sido impugnado de contrario.
SEGUNDO.- Por el cauce del
apartado b) d
Sentencia Social Nº 122/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1871/2015, 20-01-2016
PRIMERO.- 1. Frente a la demanda interesando el reconocimiento del derecho a la prestación de jubilación anticipada no voluntaria, la sentencia dictada en la instancia desestima íntegramente la misma, al considerar que el cese del demandante en el trabajo no lo ha sido por reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral, en aplicación del
artículo 161 bis 2 a) LGSS</r
Sentencia Social Nº 813/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 344/2016, 06-04-2016
PRIMERO.- 1. Se presentó demanda por la que se solicitaba que el cese de fecha de efectos del 23-07-2015, fuese declarado despido improcedente, en base a que se suscribió contrato de relevo de duración indefinida al amparo de la Disposición Adicional Ia de la Ley 12/2001 de medidas urgentes de la reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
2
Quisiste decir...
Búsqueda: Voces
Jubilación parcial
Sentencia Social Nº 1498/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 151/2016, 06-03-2016
ÚNICO.- Contra la sentencia de instancia se alza el letrado del HOSPITAL CLÍNIC I PROVINCIAL DE BARCELONA invocando como único motivo, de conformidad con lo dispuesto en el
art. 193.c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , la infracción de los
arts. 53.4 y 55.5 del <rel
Sentencia Social Nº 7440/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4469/2015, 13-12-2015
PRIMERO.-La sentencia desestimó la demanda formulada por doña
Josefina en la que postulaba el abono de diferencia de premio de jubilación en la suma de 14.369,64 euros, que resulta de la resta de los 2.4459,20 euros que ya le había abonado la empresa a los 16.820,84 euros (siete mensualidades por cada 5 años de servicio), que se afirma se habían efectivamente lucrado.
Para la solución del debate consideró la sentencia que no existía norma convencional o condición mas benefici
Sentencia Social Nº 7070/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5391/2015, 26-11-2015
PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia se alza la letrada de la Generalitat de Catalunya, en defensa y representación del DEPARTAMENTO DE JUSTICIA con objeto de que se repongan los autos al estado en que se encontraban en el momento de haberse infringido normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión, alegando de conformidad con lo dispuesto en el
art. 193.a) de la Ley R
Sentencia Social Nº 2259/2015, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1902/2015, 23-11-2015
PRIMERO.- La empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, SA recurre en suplicación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de San Sebastián que ha declaro la nulidad del despido de la trabajadora Dª
Ángela el día 16 de enero de 2015.
Basa su recurso en los motivos previstos en las
letras b ) y
c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social .
</
Sentencia Social Nº 161/2016, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1271/2015, 25-02-2016
PRIMERO.- La parte demandante interesaba que se condenara a la demandada a abonarle las diferencias salariales por razón de complemento específico y de destino. La sentencia de instancia estimó la pretensión de la parte actora, alzándose frente a la misma mediante el presente recurso de suplicación AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA articulado a través de motivos de censura fáctica y jurídica. El recurso ha sido impugnado de contrario.
SEGUNDO.- Por el cauce del
apartado b) d
Sentencia Social Nº 122/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1871/2015, 20-01-2016
PRIMERO.- 1. Frente a la demanda interesando el reconocimiento del derecho a la prestación de jubilación anticipada no voluntaria, la sentencia dictada en la instancia desestima íntegramente la misma, al considerar que el cese del demandante en el trabajo no lo ha sido por reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral, en aplicación del
artículo 161 bis 2 a) LGSS</r
Sentencia Social Nº 813/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 344/2016, 06-04-2016
PRIMERO.- 1. Se presentó demanda por la que se solicitaba que el cese de fecha de efectos del 23-07-2015, fuese declarado despido improcedente, en base a que se suscribió contrato de relevo de duración indefinida al amparo de la Disposición Adicional Ia de la Ley 12/2001 de medidas urgentes de la reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
2